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Intiman a la Municipalidad a que cumpla una orden judicial bajo apercibimiento de tener que pagar una multa diaria

Mauricio
Mauricio
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En una resolución reciente dictada por el doctor Antonio Escobar, Juez en lo Contencioso Administrativo de Dolores, se intimó a la Municipalidad bajo apercibimiento de tener que pagar una multa diaria, a que cumpla con la resolución judicial del año 2018 dictada por ese Juzgado y que obligaba al Intendente Etchevarren a exhibir una serie de decretos por él firmados y correspondientes a la Rendición de Cuentas del Municipio del año 2017.

La demanda había sido presentada por los entonces Concejales de la oposición Susana Cánepa, Verónica Celasco, Berenice Giménez, Gonzalo Tavela, Facundo Celasco y Ricardo Ghiglione, en momentos en que el Concejo analizaba la Rendición de Cuentas de ese año 2017, y por la negativa de Etchevarren de poner a disposición de los mismos “la totalidad de los Decretos que había firmado ese año y que debían avalar las decisiones administrativo-contables que hubiera adoptado”.

El Juez Dr. Antonio Escobar receptó aquella la demanda y dictó una medida cautelar, ordenando al Intendente Etchevarren que pusiera a disposición de los Concejales “la totalidad” de esos Decretos, manda judicial que el Jefe Comunal desoyó en primer término y luego cumplió parcialmente, ya que no lo hizo con 71 de ellos y las copias certificadas solicitadas de otros siete.

Y esa actitud reacia a cumplir con la orden judicial a poco se vio corroborada, cuando el Municipio a través de la Asesora Legal solicitó el levantamiento de esa medida cautelar, argumentando que el proceso resultaba abstracto al haber vencido el plazo de análisis de las cuentas de la Rendición 2017, llegando incluso con esa tesitura ante la Cámara Contencioso de Mar del Plata, tribunal de alzada que en abril de 2020 rechazó la apelación y confirmó el decisorio del Juzgado de Dolores.

Y ahora, promediando el mes de febrero pasado, el Concejal Gonzalo Tavela, uno de los firmantes de la demanda, se presentó en el Juzgado señalando que la Municipalidad seguía incumpliendo la medida cautelar que dispuso que el Municipio debía acompañar y poner a disposición de los demandantes la totalidad de los decretos faltantes, solicitando por ello se lo intimara bajo apercibimiento de imponer las multas que había señalado la Cámara Contencioso de Mar del Plata al rechazar la apelación planteada.

Y al así resolverlo el doctor Escobar señaló: que “sin perjuicio del criterio del suscripto en posición reticente a la aplicación de sanciones pecuniarias -a tenor de quien en definitiva termina abonando dicho monto dinerario (los contribuyentes), el que se extrae del erario público sin generar mayores responsabilidades-, no resta otra posibilidad en aras de bregar por el cumplimiento de la medida judicial establecida…”, que intimar el inmediato cumplimiento de la manda judicial bajo apercibimiento de imponerse una multa pecuniaria una vez vencido el plazo otorgado y hasta su efectiva realización.

Por ello el titular del Juzgado Contencioso resolvió intimar a la Municipalidad de Dolores, para que en el término de quince días hábiles adjunte y ponga a disposición de los accionantes los decretos faltantes e identificados, bajo apercibimiento de aplicarse una multa diaria de 3.000 pesos desde el vencimiento del plazo establecido y hasta el efectivo cumplimiento, cuyo monto será destinado a la parte afectada por dicho incumplimiento judicial.

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