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Condenan a chofer de camión que chocó motoniveladora que circulaba por la banquina y cuyo conductor falleció

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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En un fallo reciente dictado en el Juzgado en lo Correccional nº 1 Departamental, el Juez Dr. Emiliano Lazzari condenó al chofer de un camión hallado responsable de un accidente donde falleciera el conductor de una máquina vial, hecho ocurrido en mayo de 2016 en la Autovía 2, jurisdicción de Chascomús.

El juicio tuvo características de abreviado, habiendo sido consensuado por el Fiscal Dr. Gustavo García y el abogado particular Dr. Juan Carlos Musso, con el acuerdo expreso del imputado en cuanto a la calificación y el estimado de la pena.

El Juez respecto del hecho señaló en la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, que alrededor de las 14 horas del 9 de mayo de 2016, un sujeto que conducía un camión Iveco por la Autovía 2 en la mano Buenos Aires-Mar del Plata, a la altura del km. 121.700, jurisdicción de Chascomús, sin respetar la distancia necesaria con el vehículo que lo precedía invadió el sector de banquina y embistió a una motoniveladora que por allí circulaba. Que a consecuencia de ello el conductor de esta había sido despedido, sufriendo lesiones que le produjeron la muerte por paro cardio respiratorio traumático.

Al llegar el personal policial al lugar del hecho pudo comprobar que había un camión volcado incendiándose, que sobre la cinta asfáltica había una persona sin vida, y que sobre la banquina derecha había una máquina motoniveladora Caterpillar.

La pericia accidentológica determinó respecto de la mecánica del hecho, que la motoniveladora y el camión embístente circulaban en el mismo sentido, que la colisión había sido por alcance entre ambos rodados, colisionando el sector frontal del camión Iveco contra el sector trasero de la motoniveladora Caterpillar. Que producto de esto la víctima había sido despedida de la motoniveladora que venía conduciendo y había perdido la vida.

Luego de analizar las pruebas reunidas el Juez destacó, que se advertía una situación

particular en el hecho sucedido, pues se estaba ante la presencia de un choque en el que ambos conductores eran profesionales, ya que para conducir tanto el camión como la motoniveladora se requería licencia profesional. Que la banquina es una zona de la vía contigua a una calzada pavimentada, reservada para las emergencias y poder allí detenerse, para que pueda ser usada por una ambulancia en su caso, para que pueda circular maquinaria especial como en este caso había ocurrido.

Y al resolver, indicó que del racconto que había realizado había podido observar, que el hecho había sucedido en ese sector de banquina, contra una máquina que precisamente debía circular por ese lugar. Que era de día, no había neblina, no se había acreditado ninguna causal de emergencia o desperfecto mecánico que determinara que el camión hubiera sufrido un desperfecto que ameritara tirarse hacia la banquina, como tampoco que la maquina vial hubiera invadido alguno de los carriles de circulación. Que la visibilidad en altura que proporcionaba el camión Iveco le daba un contexto favorable al conductor para que advirtiera con suficiente antelación la presencia del rodado más lento en la banquina, que incluso pudiera tomarlos recaudos necesarios para lograr una mayor distancia de sobre paso. Que las pericias habían sido contundentes en determinar que el camión había chocado en la parte de atrás a la maquina en la banquina, lugar por el cual el camión no podía circular, por ende, el resultado del accidente era achacable a la acción directa del conductor de este rodado.

Por todo ello el Juez Dr. Emiliano Lazzari resolvió condenar a Lucas Horacio Rodríguez, de 38 años de edad, chofer, con domicilio en Glew (Partido de Almirante Brown), por resultar autor del delito de “Homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor”, imponiéndole “Un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional, e Inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el termino de cinco años”.

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