La vorágine de negocios que desde el Municipio impulsa el Intendente Etchevarren no logran escapar a los apresuramientos con que todo se hace, surgiendo por lógica incongruencias administrativas en las normas que se dictan procurando dar marco legal a esas iniciativas.
Lo sucedido con la compra de chacras con destino turístico en la zona de la Laguna de Salomón por parte de Etchevarren es una clara muestra de intereses existentes, del apuro en legalizar una compra ya realizada, de cómo más que solucionar una presunta ocupación lo que se buscó fue zanjar una posible nulidad de la ordenanza que el oficialismo había aprobado en el Concejo Deliberante, con una integración de ese bloque cuestionada por la oposición.
Precisamente la primer Ordenanza sancionada, donde los concejales oficialistas convalidaron la compra ya efectuada por Etchevarren, fue vetada por el propio Intendente argumentando que se había “comprobado la presencia de ocupantes… esto llevaría tiempo para resolverlo”. (…) Y que se lo hacía para evitar “un eventual prejuicio económico del municipio”.
Pese a que el predio siguió ocupado con ganado, a los sesenta días de aquel veto y sin constancia alguna que justificara que se habían superado sus fundamentos, nuevamente el Jefe Comunal insistió en la iniciativa, la que fue convalidada nuevamente por los concejales del oficialismo a partir que el Bloque había modificado su integración, apartándose al Concejal que tenía intereses entre los vendedores.
Entrando en el tema que nos ocupa debemos decir, que nuestro interés periodístico nos llevó a analizar las ordenanzas publicadas en septiembre del año pasado por el Municipio, que allí observamos respecto de la mencionada compra de esas chacras una incongruencia a la que no se le puede encontrar explicación alguna. Veamos.
Primero, es necesario recordar que una Ordenanza adquiere vigencia cuando el Departamento Ejecutivo la promulga, o cuando su promulgación es automática luego de transcurridos diez días hábiles desde su notificación y si el Intendente no la ha vetado. Y que luego de ese acto administrativo a los fines legales se le otorga un número.
Pues bien. En el Boletín Oficial de la Municipalidad se han publicado tres (3) ordenanzas sobre la compra de las chacras destinadas a la Villa Turística que promueve nuestro Jefe Comunal. La primera con el número 7475 de fecha 9 de mayo de 2022, en cuyo texto el Concejo convalida el Decreto 569 que vetaba “la Ordenanza aprobada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 25-04-2022”.
Una segunda Ordenanza, la número 7522 de fecha 11 de julio de 2022, por la cual se convalidó el decreto Nº 787 de fecha 16 de junio/2022 que aprobaba el Boleto de Compraventa firmado por el Intendente para la adquisición de las chacras 197, 181 y 182 ubicadas en el paraje Laguna de Salomón (CIRC. II, Secc. B), por un monto de $ 58.710.000.
Y una tercera Ordenanza sobre el mismo tema, que por su fecha y número colisiona directamente con las dos anteriores.
Se trata de una Ordenanza de número posterior a las anteriores, la 7483, que teniendo como fecha el 25 de abril de 2022 autoriza al D.E. a efectuar la compra de las chacras 197, 181 y 182 ubicada en el paraje Laguna de Salomón (Circ. II, Secc B), por un monto de $. 58.710.000.
Si esta Ordenanza 7483 se correspondiera a la vetada su publicación debió hacerse junto con el Decreto de veto (nunca publicado en el Boletín Oficial) y en la fecha en que dicho acto administrativo se concretó. Por lo tanto, de la forma que se lo hizo, cuatro meses después y con un número posterior, sin aclaración alguna, significaría claramente que la misma se encuentra vigente.
Estas incongruencias reiteradas que muestra la gestión municipal de gobierno es sin dudas producto de ese accionar deliberado por parte del Intendente de no publicar en tiempo y forma los decretos y las ordenanzas que se dictan o sancionan, creando en el conocimiento público un clima de incertidumbre sobre los actos de gobierno de Etchevarren, que además de incomprensibles resultan inexplicables, debiendo tenerse puntualmente en cuenta que, las normas o decisiones del D.E. o del Concejo Deliberante “entran en vigencia luego de ser publicadas”, en este caso las tres ordenanzas mencionadas lo fueron el 29 de septiembre de 2022.
Como corolario debemos señalar, que habría dos Ordenanzas vigentes que autorizan una misma compra, por lo cual administrativamente el Concejo si no lo hace el Intendente debería intervenir para eliminar la incongruencia legar de lo publicado.