En el marco de un juicio oral realizado en el Juzgado en lo Correccional nº 2 Departamental, un vecino de “La Lucia del Mar” fue condenado al ser hallado penalmente responsable de un accidente ocurrido en la Ruta 11 en el año 2018.
En el inicio del debate según consigna la resolución del Juez titular del Juzgado -a la que “Diario Compromiso” accedió-, el defensor dijo que su defendido reconocía su responsabilidad en los hechos que se le imputaban y que en consecuencia no producirían prueba.
Sobre los hechos el Juez en el veredicto señaló, que en horas de la noche del 2 de septiembre de 2018, Roberto Eugenio Loyza circulaba conduciendo una Toyota Hilux por la Ruta provincial 11 en sentido Sur a Norte, y que al llegar a la altura del km 343, como producto de una conducción imprudente, negligente, mermada su capacidad de conducir con un nivel de alcoholemia de 1,12 gramos de alcohol por litro de sangre, perdió el control del vehículo, circuló por la banquina, donde embistió a una bicicleta y a una moto, provocando lesiones graves a ambas víctimas, y que en la mujer que conducía el último rodado provocaría su deceso. Que con posterioridad a ello el conductor de la camioneta se había dado a la fuga, abandonando a su suerte a los accidentados, siendo interceptado luego a unos 5 Km. del lugar del hecho.
El imputado en su declaración manifestó haber participado de un asado, haber tomado vino, señaló ser camionero y manejar desde los 18 años, que lo sucedido fue por su culpa, que venía cansado, que se había enterado cuando lo detuvieron que había atropellado a una persona. Que ha pasado mucho tiempo y por lo sucedido seguía sufriendo. Que entendía la dimensión de lo ocurrido y que la responsabilidad era suya.
La persona que circulaba en bicicleta en su declaración señaló, que venía con chaleco refractario circulando a la derecha de la línea blanca, por la banquina, casi llegando al pasto, que de lo sucedido poco recordaba. Indicó haber sido operado por un coágulo entre el cerebro y cráneo, también del brazo y tobillo, que la rehabilitación y hasta que pudo volver a trabajar había pasado más de año y medio.
Un policía declaró que habían sido alertados por automovilistas del accidente, haber observado un bulto en la ruta, era una chica que había sido atropellada por una camioneta oscura. Que en esas circunstancias le habían avisado que había un muchacho quebrado al costado de ruta. Dijo también haber observado en el lugar una parrilla de una Toyota por lo que habían avisado al Destacamento.
El Segundo Jefe del Destacamento Vial de la Costa dijo haber sido alertado que un conductor posiblemente ebrio habría atropellado una moto y una bicicleta, que al conductor se lo había interceptado y había dado positivo al control de alcohol.
Por su parte el perito accidentológico, señaló que por los daños observados el accidente había sido un embestimiento por alcance, mientras que el resultado de la pericia química practicada a partir de la muestra de extracción sanguínea realizada al imputado arrojó como resultado 1,12 grs./litro de alcohol.
El Juez por ello consideró que los hechos estaban acreditados, también la autoría del procesado en los mismos, indicando que el imputado al circular luego de haber ingerido alcohol había infringió de manera imprudente y antirreglamentaria el deber objetivo de cuidado. Que también había quedado demostrado que una vez producido el siniestro vial, el imputado había continuado su marcha hacia su domicilio en la “Lucila del Mar”, habiendo sido interceptado al ingreso a esa localidad cuando se había detenido por desperfectos en su camioneta, lo cual permitía afirmar “que en una actitud totalmente desaprensiva el encartado se dio a la fuga del lugar de los hechos”.
Por todo ello el titular del Juzgado resolvió condenar a Roberto Eugenio Loysa, de 74 años de edad, comerciante, nacido en Burzaco y con domicilio en la Lucila del Mar, como autor de los delitos de «Homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor por tener un nivel de alcohol en sangre superior al permitido por ley y por haberse dado a la fuga, en concurso real con lesiones graves culposas..”, a la pena de “Tres años y seis meses de prisión, e Inhabilitación especial para conducir vehículos por el término de diez años”.