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Asuntos de la Italia Unita

Federico Sabalette
Federico Sabalette
7 Minutos de lectura

Una visita al Archivo Histórico Judicial de Dolores me permitió acceder a un expediente de una querella, la que iniciara un conocido vecino de Maipú a otro también del pueblo, a raíz de una nota que éste había publicado en el diario La Patria de nuestra ciudad el 1º de octubre de 1891.

Ya en otras oportunidades me he referido, a que por aquellos años no se ahorraban epítetos o calificaciones cuando por el diario algunos vecinos se referían a otros, ya sea por sus conductas personales o actuaciones, y éste caso, casi pintoresco, es uno de ellos.

La nota del diario estaba encabezada con el título de “Asuntos de la Italia Unita, y su autor, que firmaba como un “socio radical”, cuestionando en ella a quien conducía a esa sociedad italiana de Maipú fundada en 1882, indicando el indignado que la sociedad estaba “bajo el dominio abusivo de un presidente que por su rudeza e ineptitud, pretende revestir actos de absolutismo”, y se preguntaba, “¿será pues señor director la atmósfera infectada la que contagia a los zonzos?”, agregando, “por lo visto hasta éste insignificante presidente, quiere constituirse en personalidad…, tomándose así tan altas atribuciones”.

Indicaba también el indignado socio, que ese presidente no convocaba a reuniones, que no daba cuenta de “su desgraciada administración”, la que calificaba de “corruptible desquicio”, la que decía era mucho mas notoria, cuando “es público y notorio de que al queso se lo comen las ratas, voz que le habrá llegado alguna vez a los oídos, pero como tal presidente tiene dos orejas más grandes que las del asno, por lo tanto, para él, es como si nada hubiera pasado…”.

En su nota el socio también cuestionaba los gastos e inversiones efectuadas por el presidente, lo que decía le causaba “horror y asombro”, pidiendo “compasión por la pobre Sociedad”, pero como si todo ello no fuera poco, decía que si bien Italia Unita habían participado con otra sociedad de los festejos patrios italianos del 20 de septiembre, no se había podido concretar la unión de ambas instituciones, porque la presencia del presidente cuestionado era “desagradable, e imposible de vencer la repugnancia que a todos causa un indigno personaje, que por su brutal pasión y maligno espíritu tiene esclava y hundida a la malograda Sociedad, que impropiamente preside”.

Como es lógico de suponer, a poco días de la publicación se presentó el procurador señor Federico Meier en el Juzgado de Dolores, en su condición de apoderado del señor Fernando Rappallini, iniciando una querella por injurias graves contra quien resultara autor del escrito agraviante publicado en el diario.

Abierto el juicio a prueba, el editor responsable del diario La Patria declaró e indicó que el autor de dicha publicación era el señor Alberto Vanelli, ex presidente de la Sociedad Italia Unita, quien según el Juez y como surgía en la causa, había entregado la presidencia de dicha institución al agraviado, indicándose en el expediente, que por ser el mismo socio “y lo reducido de la población de Maipú, es fuera de duda que sabía perfectamente que Rappallini era el presidente en la época en que insertó la publicación acusada…, que tenía claro que ofendía, y que debía conocer la responsabilidad de sus actos…”.

Al analizar el Juez A. Vilgré Lamadrid la publicación para resolver la cuestión, consideró que el acusado en su escrito había dicho “que no era moral Rappallini en la administración de los fondos sociales”, lo que si bien no era una calumnia, era si “una grave injuria, porque en el concepto público tal acusación puede producir un gran descrédito, máxime tratándose de la administración de fondos públicos…”.

Precisa el magistrado también, que en ese escrito “existen frases que siempre son afrentosas, y más lo son en concepto público cuando se publican por la prensa, tales como las que suponen que falta dignidad, comparando a un hombre con un asno, y suponiéndolo capaz de sustraer algo, a manera que sus ratas corren el queso y otras muchas que dan lugar a calificar tales dichos como injurias graves…” (Nota: los subrayados están en la resolución judicial).

Consideró también el sentenciante, que el caso no se trataba de distintos delitos, “sino de un sólo delito, dividido, ó mejor diluido en el escrito injurioso”, por lo que debía aplicarse le pena en su término medio, resolviendo por ello condenar a don Alberto Vanelli como autor del delito de injuria grave propalada contra don Fernando Rappallini… a la pena de nueve meses de prisión y trescientos pesos de multa…, y a la publicación de la sentencia íntegra en el diario La Patria a su costa”.

El condenado tiempo después publicó la retractación, por lo que el señor Rappallini pese a que había apelado la sentencia considerando muy leve la pena, desistió de la acción penal a fin de que no producir mayores perjuicios en la persona demandada, otorgando su perdón al ofensor, en virtud de lo cuál tiempo después el Juez A.Vilgré Lamadrid dictó el sobreseimiento definitivo de Vanelli.

Digamos finalmente que supimos gracias a la información que me aportó el personal del Archivo Histórico Judicial, que la carátula de la causa tiene como fecha el año 1893, ya que en esa época se caratulaba cuando las actuaciones concluían.

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