En un fallo dictado recientemente en el Juzgado en lo Correccional nº 2 Departamental su titular condenó a un vecino de Lezama, sometido a proceso penal por su responsabilidad en un accidente en dicha localidad que produjo una víctima con heridas de gravedad.
El juicio, que tuvo características de abreviado, fue consensuado por el Fiscal Dr. Juan
Manuel Dávila y la Defensora Oficial Dra. Muriel Mendoza, con acuerdo expreso del imputado.
Sobre el hecho señaló el Juez en su resolución -a la que “Diario Compromiso” accedió-, tener legal y plenamente probado que en los primeros minutos del 23 de diciembre de 2017, un sujeto que conducía un vehículo Volkswagen Suran por la calle Gregorio de Lezama, al intentar cruzar la Ruta en forma transversal y no advertir que por esta lo hacía una moto colisionó con ella, provocando que su conductor sufriera traumatismos múltiples y luxación de cadera izquierda, lesiones que fueron calificadas como de carácter graves por médico de policía. Se determinó en esas circunstancias, que el conductor de la VW conducía con 0.78 g/l de alcohol etílico en sangre.
La víctima señaló que circulaba en moto por la ruta 57 desde la ciudad de Pila hacia la localidad de Lezama, que cuando se encontraba a la altura del hospital Municipal había divisado un automóvil de color gris que se disponía cruzar la ruta, que cuando se encontraba próximo a dicho rodado este había frenado y retrocedido, pero que cuando transitaba a escasos metros del mismo el auto había retomado la marcha y cruzado la cinta asfáltica, no dándole posibilidad alguna de esquivarlo y produciéndose la colisión.
La pericia accidentológica determinó que la colisión había sido de forma transversal entre los vehículos involucrados, colisionando la motocicleta con el sector lateral delantero derecho del Volkswagen, señalándose que ello habría sido producto de que este último rodado había invadido el carril de circulación de la motocicleta.
Asimismo, en la investigación se verificó que el conductor de la VW Suran circulaba sin licencia de conducir vigente, que la misma había sido renovada días después del accidente.
Por todo ello y otros elementos obrantes en la actuación judicial, el Magistrado consideró acreditada la materialidad delictiva y la responsabilidad penal endilgada al procesado, resaltando las lesiones graves que sufrió el motociclista y que el imputado
conducía con un novel de alcohol en sangre superior al permitido. Y resolviendo en consecuencia, condenar a Carlos Oscar Acosta, apodado “Carlitos”, de 64 años de edad, operario de fábrica, nacido en Mar del Plata y con domicilio en Lezama, como autor del delito de «Lesiones culposas agravadas«, imponiéndole como pena “un año de prisión de ejecución condicional, e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de dos años”.