La Demanda iniciada por Gonzalo Pulti contra la Municipalidad, la Denuncia Penal formulada por las actuales autoridades municipales respecto del contenido del Decreto que lo habría designado en el cargo de Planta Permanente, como también el Sumario Administrativo que se instruye en el Municipio por esa razón, dan por estos días marco a una controversia que podría tener consecuencias impensadas.
A fines del mes de julio pasado informábamos de la Denuncia Penal que se había formulado por el Decreto de Camilo Etchevarren por el cual había designado Gonzalo Pulti como empleado municipal de Planta Permanente. Y el pasado viernes dábamos cuenta de la Demanda que Pulti había iniciado contra el Municipio por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo como consecuencia de su suspensión sin goce de haberes dispuesta en el marco del Sumario Administrativo que instruyen las actuales autoridades.
Y entendiendo que la clave de la controversia surge del Sumario Administrativo procuramos obtener información, la que logramos en forma extraoficial y con alcance acotado, dado que actualmente la actuación se encuentra bajo “secreto”.
La información obtenida de fuentes confiables nos señalaba en principio y respecto de la Denuncia Penal, que la misma involucraba directamente al exintendente Etchevarren, pero que al haberse presentado Pulti para asumir el cargo de Planta Permanente esa situación habría permitido perfeccionar el delito denunciado.
Y respecto de las actuaciones administrativas conocer que, se iniciaron al finalizar diciembre de 2023 (Expediente 4032-84.168) con el objeto de reorganizar el funcionamiento de las distintas áreas de la Municipalidad y racionalizar los Recursos Humanos existentes, tarea que se encomendó al área legal. Que con este fin ésta solicitó información a los Juzgados de Faltas municipales; a la Administración del Hospital San Roque; a las Direcciones de Obras Públicas, de la Juventud y Espacios Verdes, como también a la Secretaría de Deportes, surgiendo de ello nombres que merecieron observaciones, que se registraron renuncias, la no renovación de contratos, etc.
Que como dato llamativo era el caso de Gonzalo Pulti en Espacios Verdes, ya que el responsable de esa área señaló en su informe desconocer que este fuera administrativo, porque esa situación nunca le había sido comunicada.
A partir de ello se solicitó informes a distintas áreas municipales, como Liquidación de Haberes; a la Secretaría de Hacienda y Presupuesto para corroborar si existían antecedentes de notas o pedidos de suministros y compras que hubieran sido tramitados por Pulti como administrativo de Espacios Verdes; a la Oficina de Despacho para que informara sobre la confección de Decretos y antecedentes informáticos de los números 1769/2022 y 1899/2022, ya que estos hacían precisamente referencias a la designación observada y cuyos textos indican:
Decreto 1769 de fecha 14 de diciembre de 2022: “Que existiendo vacantes en la Categoría 9- Jefe “de División de Planta Permanente… se estima necesario el reconocimiento a la labor desarrollada con total apego y cumplimiento de sus obligaciones. Dejar sin efectos la designación del Agte. Pulti Gonzalo Enrique … en el cargo de Director de Espacios Verdes y designarlo a partir del 14/12/2022 … como personal de Planta Permanente con asignación de tareas en el área de Espacios Verdes dependiente de Secretaría de Obras y Servicios Públicos…”.
Decreto 1899: dictado 15 días después, el 29 de diciembre de ese 2022, donde se resuelve “designarlo como Director de Espacios Verdes”, otorgándole a tal fin “Licencia sin Goce de Haberes por el período que permanezca desempeñando función política, con reserva del cargo de revista en Planta Permanente…”.
Es de señalar, que según la fuente consultada en el Municipio esos Decretos fueron hallados fuera de todo contexto de Administración, estaban como “extrañamente dejados sobre un escritorio…”.
El análisis legal señaló las inconsistencias del Decreto 1.769/2022, indicando que del informe de Espacios Verdes surgía claramente que antes del 6 de diciembre de 2023 Gonzalo Pulti no había trabajado como “administrativo” en esa área municipal.
Que la Oficina de Liquidación de Haberes informaba que desde septiembre de 2021 y hasta su renuncia el 30 de noviembre de 2023, había percibido haberes como “Cargo Político”, que no había documentación alguna que reflejara que lo hubiera hecho como agente de la Planta Permanente.
Que desde el área de Despacho de Secretaría se había dado cuenta que esos dos Decretos no habían sido confeccionados por esa Oficina, la encargada de confeccionarlos en su tramitación normal, agregando el informe que no había registros documentales ni informáticos de los mismos, destacándose que durante 2022 y 2023 desde la Asesoría Legal se confeccionaron Decretos, circunstancias que era de imposible comprobación ya que “habían sido borrados los discos duros de las computadoras” de esa Departamento Legal.
Y el Dictamen terminaba señalando, que de esos Decretos “surgía una inconsistencia
clara, entre la formalidad y la realidad”, que se estaba ante un Acto Administrativo que como mínimo se debía calificar en esa “instancia netamente administrativa, de irregular”. Que no se tenía duda que los Decretos habían sido creados “con una fecha que no es la
real de su creación, para darle apariencia cierta y legal a un Acto Administrativo que nunca sucedió, ni en las fechas, ni por las razones que mencionan en su contenido”, lo que se consideró causaba un perjuicio cierto y efectivo a la Municipalidad, entendiendo por ello la Asesoría Legal “que no se podía darle validez legal a los mismos y por lo tanto a la designación de Gonzalo Pulti en Plata Permanente. Se puntualizó: “se ha tratado de dos actos que contienen una falsedad ideológica, creados al solo efecto de darle forma y legalidad de manera retroactiva a la designación del Agente mencionado, con entidad de causar como instrumento publico perjuicio cierto a la Administración Municipal, tanto en la ocupación de una vacante en su planta de personal permanente, como en su economía, promoviendo un costo mensual u obligación de pago, … en claro detrimento del patrimonio Municipal”. Y el dictamen culminaba señalando, “podríamos estar ante la comisión delictiva (consumada con el pago de la primera remuneración como empleado de planta permanente) que por supuesto debe ser investigada y determinada por el Poder Judicial…”, formulándose tras ello, en marzo pasado, la Denuncia Penal.
El 30 de mayo pasado por Decreto 1.053 se dispuso la instrucción de un Sumario Administrativo a Gonzalo Enrique Pulti, también su suspensión preventiva en el cargo sin goce de haberes con fundamento en los antecedentes referenciados respecto del Decreto de su designación.
En el Sumario obran los testimonios de tres funcionarios municipales, quienes ratificaron no tener conocimiento de la designación de Pulti como empleado de Planta Permanente, de la no existencia de constancias de ese nombramiento.
Por su parte hay testimonios de cinco empleados de Espacios Verdes, que dijeron conocer a Pulti y coincidiendo en que nunca lo vieron a trabajar en esa área.
Están agregadas copias de los recibos de haberes de Pulti desde enero 2022 a noviembre de 2023, donde en todos ellos figura como Director Político.
De la copia de su Legajo Personal surge que los Decretos cuestionados no están registrados en el mismo.
Hay de su parte, incorporada información de la Denuncia Penal que tramita bajo la
de IPP 03-001535-24, caratulada como “Etchevarren, Luis María Camilo s/Fraude en perjuicio de la Administración Pública”, a la que se acompañó como prueba documental la totalidad de los recibos generados a nombre del Gonzalo Pulti y se agregaron los Decretos bajo sospecha.
Se indica que en dicha la investigación se ha producido prueba testimonial, agregándose copia de lo declarado por tres funcionarios de la Municipalidad, dos de Planta Permanente y uno Político, quienes con sus dichos ratificaron la información que suministraron y que consta en el Sumario Administrativo.
Precisamente uno de esos testimonios en la Causa Penal, ratificó desconocer la tramitación que tuvieron los Decretos observados, precisando que estos habían aparecido en la Oficina de Despacho “aproximadamente el 13 de diciembre de 2023, esto es el primer día hábil de la nueva gestión municipal”.
Finalmente, como corolario de esta publicación queremos resaltar y señalar que se trata de información que surge del Sumario Municipal, que en ningún caso significa emitir opinión. Que será solo la Justicia en el fuero que corresponda, Contencioso o Penal, la que en definitiva pondrá luz a un caso por demás controvertido, ya que existen dudas sobre la validez de un Decreto municipal y una designación.