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Robó un auto, manejándolo a gran velocidad se subió a una vereda, atropelló a un transeúnte y lo mató

Federico Sabalette
Federico Sabalette
5 Minutos de lectura
En Villa Gesell. Fue condenado en el marco de un juicio abreviado realizado en el Tribunal lo Criminal nº 1 de Dolores.

En un juicio abreviado realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 departamental, el Dr. Christian Rabaia actuando como Juez unipersonal condenó a un vecino de Villa Gesell juzgado por robar un auto, con el que conduciéndolo haber atropellado y matado a un transeúnte, hechos perpetrado en esa misma localidad en marzo de 2021.

El juicio había sido consensuado por el Fiscal de Juicio Dr. Juan Manuel Dávila y el Defensor Particular Dr. Nazareno Julián Cejas, con consentimiento expreso del imputado.

El Juez en su resolución -a la que accedió “Diario Compromiso”- sobre los hechos, señaló tener legal y plenamente probado que:

Hecho I: el 1° de marzo de 2021 frente del comercio denominado «Chispas» de Villa Gesell, Ariel Evequoz sin ejercer violencia se apoderó de un vehículo Peugeot 505 que se encontraba estacionado en la vía pública, dándose tras ello a la fuga.

Hecho II: que inmediatamente después de haber cometido ese hecho, el sindicado circulaba a gran velocidad con el rodado sustraído por la Avenida Boulevard de esa localidad, y que al llegar a la altura del Paseo 143 intempestivamente salió de la mano rápida del carril por el que circulaba, invadió en forma brusca la mano lenta, se cruzó, subió a la vereda de manera violenta y abrupta y embistió a una persona que transitaba caminando por el lugar, a quien ocasionó la muerte como consecuencia de las múltiples lesiones traumáticas que sufrió. Por su parte, el sujeto se dio a la fuga conduciendo el vehículo sustraído, el que luego abandonó en las inmediaciones para continua su huida a pie.

Una serie de vecinos observaron al sujeto cuando abandonó el auto y se dirigió hacia un monte, brindando detalles de sus características físicas y vestimenta, incluso uno dijo haberlo visto salir de un campo hacia la Ruta 11, haber conversado con él sin saber que había sido protagonista de los hechos narrados, haberlo visto agitado, excitado, nervioso.

Una testigo dijo haberlo reconocido como el hijo de…, ya que conocía al padre por haberle alquilado una propiedad.

Un funcionario policial indicó, que en las inmediaciones de donde habían abandonado el vehículo que había protagonizado el accidente vivía un individuo con similares características a las aportadas por los testigos, que era Ariel Evequoz.

Al realizarse un reconocimiento de personas en fila de fotografías, tres testigos identificaron al imputado como la persona que había bajado del Peugeot 505 luego del accidente y se había alejado velozmente del lugar, incluso uno manifestó que se había sacado la remera para taparse con ella la cara.

El sujeto sindicado como autor de los hechos dio su versión de la actividad realizada ese día y que lo alejaban de la responsabilidad que le atribuían, declarando varios testigos en su favor, entre ellos su padre y su novia. Sin embargo, para el Dr. Rabaia esos testimonios

resultaban “insuficientes para hacer caer la totalidad de la prueba”, puntualizando que los testigos que habían participado del reconocimiento de persona en fila de fotografías, en “forma firme y asertiva, sin ningún tipo de dudas” habían reconocido a Ariel Evequoz como la persona que conducía el vehículo interviniente en el hecho luctuoso

Por ello el Dr. Christian Rabaia resolvió condenar a Ariel Evequoz, de 27 años de edad, nacido y con domicilio en Villa Gesell, por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública (Hecho I) en concurso

real con Homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor agravado por la fuga del autor

(hecho II)”, imponiéndole como pena “Seis años de prisión” e inhabilitación especial por el término de “Diez años” para conducir vehículos automotores.

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