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Diez años de cárcel por abusar sexualmente de sus sobrinos

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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Un individuo juzgado en un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal nº 2 de Dolores, fue condenado al ser hallado responsable de haber abusado sexualmente de sus sobrinos y por corrupción de menores, hechos perpetrados en la zona del Paraje Pavón en el Partido de Gral. Lavalle.

Según la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, el juicio había sido consensuado por la Fiscalía y la Defensa con acuerdo expreso del imputado.

En el veredicto el Juez Severino señaló, que los elementos incorporados al expediente permitían acreditar los siguientes hechos:

Hecho I: que un domicilio del Paraje Pavón en el Partido de Gral. Lavalle, entre los años

2012 y 2015, un sujeto aprovechándose del vínculo familiar abusó sexualmente de manera reiterada de su sobrina entre los 7 y 10 años de edad, efectuándole tocamientos inverecundos en distintas partes del cuerpo e intentando accederla carnalmente.

Hecho II: en el mismo lugar, entre los años 2014 y 2015, el mismo sujeto abusó sexualmente de manera gravemente ultrajante de su sobrino cuando este tenía entre los 5 y 6 años de edad, exhibiéndole material pornográfico y desnudándose ante él.

Los casos surgieron a partir de un ataque de pánico que sufrió la menor víctima del primer hecho y de su traslado al Hospital de Mar de Ajo, lugar donde esta luego de ser atendida le contó a su progenitora de los abusos que sufría de su tío por parte de padre.

Surgió de las actuaciones la situación de abuso que también sufría el niño, indicando el padre de ambos al formular la denuncia, el temor del grupo familiar, especialmente de sus hijos, frente a la posible reacción negativa/violenta del denunciado, su hermano.

La niña en su declaración en Cámara Gesell refirió haber sido abusada sexualmente durante su infancia por su tío paterno, señalando detalladamente que este la manoseaba y la intimidaba de manera constante, que eso ocurría cuando ella quedaba en casa de una familiar cuando sus padres se iban a trabajar.

Las pericias psicológicas realizadas a ambas víctimas, concluyeron que no se advertía en sus dichos ideaciones motivadas o inducidas por un adulto, como tampoco indicaciones de fabulación.

El Dr. Severino en su análisis resaltó, que resultaba determinante de la prueba colectada en la investigación la declaración de los menores, quienes fueron capaces se señalar claramente al autor de los hechos sufridos, el período temporal, el lugar donde los mismos ocurrían, el tipo de tocamiento sufrido y los actos de los que resultaron víctimas.

Los elementos desarrollados en el expediente dijo el Juez, constituían un plexo probatorio extremadamente sólido que acreditaban la existencia de los hechos y la autoría del procesado.

Por ello el Juez Dr. Antonio Severino resolvió condenar L.A.P., nacido en San Clemente y con domicilio en el Paraje Pavón (Pdo. de Lavalle), como autor responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante, doblemente agravado por el vínculo y la situación de convivencia… (Hecho I); en concurso ideal con Corrupción agravada de menores (Hecho II)”, imponiéndole “Diez años de prisión” como pena.

 

Nota: se omiten nombres o detalles que pudieran permitir identificar a los menores víctimas.

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