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Ordenan detener a ciudadano chileno para que cumpla condena por abusar sexualmente de la hija de su pareja

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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Recientemente el Juez Dr. Antonio Severino ordenó a la Comisaría de Villa Gesell la detención de un ciudadano chileno, con el objeto de que cumpla la condena impuesta en el Tribunal en lo Criminal 2 de Dolores como responsable del delito de “Abuso sexual simple agravado”, en razón que la Sala IV de Casación Penal de la Provincia rechazó la apelación planteada por su defensa y en consecuencia la sentencia adquirió firmeza.

El caso había sido juzgado en octubre de 2023 en un juicio oral en el que el Tribunal estuvo integrado por los Jueces Dres. Eduardo Campos Campos, Antonio Severino y Marcos Milano, quienes al encontrar a D.A.A.C. (ciudadano chileno) responsable del delito de “abuso sexual simple agravado por encontrarse el autor a cargo de la guarda de la víctima y por la situación de convivencia”, imponiéndole como pena “cuatro años de prisión”.

Los hechos según ese fallo habían quedado acreditados en el juicio, y habían ocurrido entre los meses de junio y agosto de 2008 cuando el imputado había abusado sexualmente de una menor de 13 años mediante tocamientos en un domicilio de la localidad de Mar Azul, cuando su pareja y progenitora de la niña estaba ausente del hogar.

Contra dicho pronunciamiento el Defensor Oficial interpuso recurso de casación, el que quedó radicado en la Sala Cuarta de dicho Tribunal provincial, sosteniendo el recurso como absurda y arbitraria la valoración de la prueba en cuanto a la determinación de la existencia del hecho y la autoría de su defendido, considerando que la sentencia se había sustentado principalmente en el relato de la víctima. Además se afirmaba que la prueba no resultaba suficiente, que se había basado exclusivamente en dichos de la supuesta víctima y en la que correspondía a otra investigación. Asimismo consideraba que el monto de pena impuesta resultaba excesiva, arbitraria y desproporcionada.

Los Jueces de Casación Dres. Carlos Natiello y Mario Kohan votaron en un mismo sentido. luego de analizar los elementos obrantes en el expediente y considerar el testimonio brindado por la víctima en el debate, al que los Jueces habían considerado “absolutamente convincente desde su espontaneidad, con la precisión que le aporta la edad, coherente, sin contradicciones, acompañado de rasgos tales como angustia visiblemente contenida, respecto de hechos que ocurrieron cuando tenía 13 años”.

En cuanto a lo sostenido por la Defensa oficial que se había utilizado para la sentencia prueba que correspondía a otra investigación, los Jueces de Casación puntualizaron que el Tribunal de Dolores había “valorado esas pericias a los fines de acreditar la vulnerabilidad que ostentaba la víctima y el abordaje realizado respecto de la misma por parte de los profesionales”.

Además sostuvieron los Dres. Natiello y Kohan, que no se verificaba en el caso la orfandad probatoria a la que hacía referencia la defensa técnica, “la sentencia en ataque se encuentra debidamente motivada y supera los requisitos de legalidad, completitud y razonabilidad…”.

Respeto de la pena, sostuvieron los Magistrados que no se observaba irrazonabilidad en el del monto punitivo impuesto y que por lo tanto debía mantenerse.

Por ello los Dres. Natiello y Kohan resolvieron rechazar el recurso de apelación intentado en favor de D.A.A.C. rechazándolo por improcedente.

Y consecuente con esta resolución judicial el Dr. Severino dispuso la detención para que cumpla la condena, disponiendo que se lo alojara en esa seccional policial de Villa Gesell hasta tanto se obtenga el correspondiente cupo la Unidad Penal 6 o la Unidad Penal 15 del Servicio Penitenciario Bonaerense.

Nota: se omiten nombres y detalles que pudieran permitir identificar a la víctima.

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