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Uno de los condenados por el crimen de Mara Mateu dice ser inocente y pide la revisión de la causa

Federico Sabalette
Federico Sabalette
9 Minutos de lectura
Adrián Svich, condenado junto a Diego Buzzo en 2008 - Infobae

En septiembre de 2011 en el marco de un Juicio Oral, Adrián Darío Svich y Diego Daniel Buzzo –imputados por el crimen de Mara Sofía Mateu (16 años)-, fueron hallados responsables del hecho y condenados a Reclusión Perpetua. Ahora, una Organización dedicada a la revisión de condenas a través de una presentación ante Casación, pide por Adrián Svich la reapertura de la causa y su sobreseimiento, sosteniendo que un estudio de su ADN con técnicas actuales demostraría su inocencia.

El hecho: el 23 de marzo de 2008 Mara Sofía Mateu salió de su casa en Santa Teresita para ir a un cíber. Nunca volvió. Al día siguiente, su cuerpo apareció entre los médanos de la ciudad. La autopsia determinó que había sido golpeada, abusada sexualmente y asesinada.

En el juicio el Tribunal en lo Criminal 2 de Dolores consideró acreditada la responsabilidad penal de Svich y Buzzo de los siguientes hechos:

Hecho II: entre las últimas horas del 23 de marzo de 2008 y las primeras del día siguiente, dos sujetos adultos, uno de ellos conocido de la víctima, previo golpear a Mara Mateu, abusaron sexualmente en forma violenta de ella accediéndola carnalmente vía vaginal y anal en la zona de playa de Costanera y calle 36 de la mencionada ciudad balnearia.

Hecho III: luego y con la finalidad de lograr impunidad en el hecho cometido, dieron muerte a la menor atándole a su cuello un cordón de una de las zapatillas que calzaba, el que sujetaron a un arbusto del lugar, provocándole asfixia mixta por sofocación y estrangulación.

Hecho IV: una vez consumados los hechos descriptos, uno de los sujetos se apoderó de un teléfono celular Nokia y un reproductor MP 3, que poseía la víctima al momento de ser atacada.

Según el fallo ello se había acreditado con el testimonio de los familiares, que relataron la hora de salida de la víctima de su casa, su vestimenta, que llevaba consigo el celular y el MP3, quienes además relataron la búsqueda de la menor, la denuncia, cómo se había encontrado el cuerpo y cómo ellos se enteraron. Con los testimonios de quienes hallaron el cadáver, los policías que preservaron el lugar y los peritos que trabajaron allí.

Para acreditar la agresión sexual y la muerte de la adolescente, se valoró el informe del médico de policía, quien indicó las lesiones observadas y dijo que la víctima estaba atada de su cuello a un tamarisco que había en ese lugar.

El fallo indicó como a partir del hallazgo del celular y del MP3 se había encaminado la investigación; que la víctima conocía al menos a uno de sus agresores; y que determinar la hora de la muerte no era posible, ya que solo se manejaban hipótesis de probabilidades.

La responsabilidad de Svich: en cuanto a la responsabilidad penal de Svich, se la consideró acreditada como coautor de los Hechos II y III sobre la base de lo siguiente:

Su llegada esa noche a Santa Teresita, el entredicho que se había suscitado entre el procesado y personal de un hotel, donde el imputado manifestara; “Querés que te diga, tengo una chica colgada de un árbol”.

Valoró el reconocimiento médico que se le practicara en la Comisaría, a donde había sido trasladado tras el altercado, y donde se le había constatado excoriaciones compatibles con rastros ungueales (de uñas).

Los testimonios que al respecto dieron el médico de policía y un vecino, profesional también de la medicina, quien descartó que esas lesiones hubieran sido las que él dijo había advertido días antes en su domicilio de La Plata, precisándose que la explicación intentada por el imputado no resultaba válida.

En cuanto a la exclusión probatoria pedida por la defensa de Svich, de la camisa donde luego se había hallado material genético de la víctima, se precisó que el secuestro de la misma no había sido ilegítimo ni violatorio de garantía constitucional alguna, por lo que rechazó la pretensión defensista, precisando que en el secuestro habían existido razones de urgencia y había mediado una decisión judicial, la del fiscal.

Luego se refirió al material genético de Mara Mateu hallado en dicha camisa, indicando que se debía descartar contaminación en dicha prueba, o que la misma fuera plantada –ya que ello no se había denunciado-, haciendo referencia a las pericias realizadas en el Banco Nacional de Datos Genéticos, donde precisaron que ese perfil genético pertenecía a la víctima.

 

El pedido de apertura de la causa

En la presentación efectuada ante el Tribunal de Casación bonaerense, “Innocence Project Argentina”, una Organización dedicada a la revisión de condenas, promovió una acción de revisión para que se revoque la sentencia dictada contra Svich y dicte su absolución. El argumento son las conclusiones de un nuevo estudio genético y un informe criminalístico que, según aseguran desde la Organización, demuestran que no hay elementos científicos que lo vinculen al crimen.

El planteo detalla que la condena de Svich se sostuvo casi exclusivamente sobre la afirmación de que se había hallado material genético de Mara Mateu en la camisa que aquel usó durante su estadía en la ciudad balnearia. “No hay ADN en la escena del crimen ni en el cuerpo de la víctima. Tampoco existe prueba confiable sobre el conocimiento entre Svich y Buzzo, y menos aún de que estuvieron juntos esa noche. Svich no conocía a Mara Mateu”, se resaltó.

Para la defensa ese informe de ADN careció del rigor científico necesario, ya que no se aplicó métodos estadísticos adecuados, se pasó por alto inconsistencias y no se tomó en cuenta los estándares actuales de la genética forense.

Asimismo, la defensa aportó un estudio criminalístico realizado en 2022 que examinó las prendas de Svich, los resultados de la autopsia, los peritajes y las inspecciones oculares en la escena. La conclusión de ese trabajo fue que no existen evidencias físicas o biológicas que lo ubiquen en el lugar del hecho: no se hallaron rastros de arena o vegetación en su ropa, ni restos que lo relacionen con el cuerpo de la víctima o el escenario del crimen.

Respecto de las lesiones que presentaba Svich al momento de ser detenido, que durante el juicio se interpretaron como arañazos compatibles con una maniobra defensiva de Mara, según la defensa podrían responder a lo que su representado había declarado, que se había lastimado su casa en La Plata antes de viajar a la Costa.

Asimismo, se cuestiona la valoración de la frase que el condenado pronunció durante una discusión con un empleado de un hotel de la localidad, cuando en estado de ebriedad dijo tener “una chica colgada de un árbol”, resaltando que en las circunstancias que había sido formulada le quitaban valor como elemento incriminante.

La presentación ante el Tribunal de Casación pide que se revoque la condena y se dicte una sentencia absolutoria, como también que se realice un nuevo peritaje genético bajo los estándares científicos actuales, con software especializado y técnicas que no estaban disponibles al momento del primer estudio.

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