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Dos dolorenses y un castellense condenados por tenencia de estupefacientes para comercialización

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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En el marco de un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal n° 1 Departamental, el Dr. Christian Rabaia actuando como Juez unipersonal condenó a tres vecinos de Castelli juzgados por “tenencia de estupefacientes para su comercialización” en dicha localidad.

El juicio abreviado había sido consensuado por el Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez y los Defensores (Oficial) Dr. Rolando Brown y (Particular) Dr. Cristian Sepero, con la anuencia expresa de sus defendidos en cuanto a la calificación y el estimado de la pena a imponer.

Respecto de los hechos puntualizó el Dr. Rabaia en su veredicto tener legal y plenamente probado, que en las primeras horas del 30 de octubre de 2018 los ocupantes de un vehículo Chevrolet Corsa que circulaba por la Autovía 2, individualizados como Héctor Darío Anderson, Francisco Rubén Gonzalía, y Juan Martín Severo (un cuarto ocupante no fue sometido este juicio ya que no se acreditó participación en el delito), al ser interceptados por personal policial de la Estación de Policía Comunal de Castelli, tenían en el interior del rodado, más precisamente sobre el piso de la parte delantera del lado del acompañante dentro de una bolsa de tela; en la parte trasera del vehículo dentro de una bolsa plástica y en el interior de otro envoltorio, marihuana que al ser pesada arrojó un total de 676 gramos, estupefacientes que tenían en el ámbito de su custodia con fines de comercialización.

Según la investigación, luego de un procedimiento policial en la laguna “La Rosita” de contralor de documentación de motos se había secuestrado una de ellas, incautándose en su guantera varios envoltorios de marihuana. Y que identificado su propietario se había comenzado a investigarlo, pudiéndose determinar que no era ajeno a la actividad ilícita de comercialización de estupefacientes.

Precisamente y a partir de tareas de inteligencia sobre su domicilio se pudo apreciar la llegada de personas que permanecían muy poco tiempo en la vivienda, como también al sospechado realizaba pasamanos con algunos de esos sujetos, constatándose al ser interceptado uno de ellos que tenía una bolsa con 19 gramos de marihuana.

Los investigadores también observaron cuando el sindicado dentro de un local bailable de esa ciudad realizaba un claro pasamanos con un individuo individualizado, lo que también repetía con otros cuando ingresaba al baño del establecimiento.

Por su parte en otro local bailable muy concurrido por vecinos de Castelli y ciudades cercanas, la policía detectó a un consumidor frecuente de estupefacientes junto a otro sospechoso de venderlos, pudiendo observarse como los dos investigados realizaban un claro pasamanos, identificándose el vehículo en que se movilizaba el primero de ellos.

Al ser este último seguido por personal policial, se lo pudo observar cuando en la zona de la laguna “La Rosita” efectuaba pasamanos con motociclistas, situación que claramente era compatible con la comercialización de estupefacientes.

Las intervenciones telefónicas al mismo investigado corroboraron las sospechas de los investigadores, surgiendo nombres, el de un tal “Panchito” que sería uno de los imputados en esta causa al igual que el de un tercero.

La policía en conocimiento del lugar en la Capital Federal donde los investigados se proveían del estupefaciente que comercializaban organizó el operativo de interceptación en la Autovía, el que comenzó a la altura de Lezama con el seguimiento del vehículo y que finalmente se concretó a la altura del kilómetro 170, oportunidad donde se incautó la droga que transportaban y se aprehendió por orden del Fiscal interviniente a los sujetos investigados.

El Juez luego de analizar las declaraciones de descargo que efectuaron los imputados, consideró que estas no lograban desvirtuar la contundencia de los elementos de prueba de cargo colectados en la investigación, particularmente refutar el hallazgo de esa cantidad de sustancia estupefaciente en el interior del vehículo en que se movilizaban por la Autovía al momento de su interceptación.

Por ello el Dr. Christian Rabaia resolvió condenar a Héctor Darío Anderson, de sobrenombre “Daro”, de 29 años de edad, nacido en Castelli; a Francisco Rubén Gonzalía, de 25 años, nacido en Dolores; y a Juan Martín Severo, de sobrenombre “Tinchi”, de 28 años, también nacido en Dolores, (todos domiciliados en Castelli), como coautores del delito de “Tenencia ilegal de sustancias estupefacientes con fines de comercialización”, imponiéndoles a cada uno “cuatro años de prisión”, pena que se les dio por compurgada con la prisión preventiva sufrida.

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