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Condenado por “abusar sexualmente” de su hija con tocamientos

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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Un vecino de Chascomús sometido a proceso penal por tocamientos inverecundos a su hija menor fue recientemente condenado en el Tribual en lo Criminal nº 2 de Dolores, en el marco de un juicio abreviado.

El juicio con acuerdo expreso del imputado había sido consensuado por el Fiscal Dr. Diego Bensi y el Defensor Oficial Dr. Diego González.

En el caso el Dr. Antonio Severino actuado como Juez unipersonal de dicho Tribunal, en la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, señaló tener acreditado la perpetración de los siguientes ilícitos:

Hecho I: en el año 2016 en una vivienda de la localidad de Pila, un sujeto adulto abusó

sexualmente de su hija menor cuando esta tenía 13 años de edad, mediante tocamientos en sus partes íntimas y contra su voluntad, aprovechando la situación de convivencia.

Hecho II: el 23 de septiembre de 2020 en una habitación de una vivienda de Chascomús, el mismo sujeto abusó sexualmente de su hija cuando esta tenía 17 años de edad, mediante tocamientos inverecundos, contra su voluntad, y aprovechando la situación de convivencia.

La denuncia fue formulada por su progenitora luego que la menor le contara lo sucedido en casa de su padre en Chascomús, y también de haberle dicho que había sido abusada de igual forma por este en Pila cuando vivía con él.

La víctima asistida por una psicóloga declaró ante las autoridades haciendo referencia a los hechos, y precisando que después del último sucedido en Chascomús no había vuelto a tener trato con él.

El informe pericial psicológico avaló la verosimilitud de los dichos de la víctima, señalando también la existencia de secuelas psicológicas producto del abuso sexual que la menor había sufrido.

Un joven contó que la menor le había manifestado que cuando era chica había sufrido

abuso en Pila, y respecto al segundo episodio, que le había comentado haber sufrido una situación incómoda con su padre cuando se había quedado a dormir en casa de este.

El Juez al analizar en conjunto los elementos obrantes en el expediente, consideró que el

entramado probatorio enumerado y desarrollado, estructurado en base a los dichos de la víctima en cuanto relataba las experiencias padecidas, con más lo dicho por su progenitora y el testimonio de la psicóloga que la asiste “daban cuenta de los abusos que la menor había padecidos a manos de su padre”.

Por ello el Dr. Antonio Severino resolvió teniendo en cuenta la primariedad delictual del procesado, condenar a O.A.L., domiciliado en Chascomús, como autor responsable del delito de “abuso sexual agravado por el vínculo y por ser cometido a un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente”, imponiéndole como pena “tres años de prisión de ejecución condicional” y el cumplimiento de determinadas reglas de conducta, entre ellas la prohibición de actos de hostigamiento, perturbación e intimidación hacia la víctima por cualquier medio, ya sea en forma personal, telefónica o redes sociales.

 

Nota: en cumplimiento a la ley se omiten detalles que pudieran permitir identificar a la víctima.

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