En un fallo dictado este lunes por el Dr. Emiliano Lazzari como Juez integrante del Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental, se condenó a un individuo juzgado por su responsabilidad penal en un homicidio agravado perpetrado en San Clemente en enero de 2018.
El juicio tuvo características de abreviado, habiendo sido el mismo consensuado por el Fiscal Dr. Diego Bensi y el Defensor Particular Dr. Fernando Arin, con acuerdo expreso del imputado en cuanto a la calificación y el estimado de la pena.
Respecto del hecho en juzgamiento el Magistrado en su resolución -a la que “Diario Compromiso” accedió- señaló, que durante la tarde/noche del 4 de enero de 2018 un sujeto, secundado por una mujer, se dirigieron a una vivienda de la calle 6 de San Clemente, ingresaron y redujeron a la moradora atándola de pies y manos con cintas adhesivas, también la amordazaron con el fin de eliminar cualquier resistencia, provocándole con ello la muerte por asfixia mecánica. Y que en el marco de esta acción ilícita se apoderaron de dólares y dinero argentino en efectivo, dándose tras ello a la fuga con el botín en su poder. Y que para consumar el hecho descripto los señalados contaron con la ayuda de Gustavo Gorosito, quien los condujo hasta el lugar en su vehículo, permaneciendo en el exterior de la casa a modo de campana, para una vez consumado el crimen ayudarlos a huir inmediatamente del lugar.
Como forma de evaluar los hechos el Juez valoró el “Acta de procedimiento policial”, donde se consignó que una familiar de la víctima había llamado a la Central de Emergencias 911 indicando que estaba golpeando la puerta de la casa y que nadie respondía, razón por la cual se hicieron presentes efectivos policiales y personal de Bomberos, quienes tras comprobar que la puerta estaba cerrada con llave decidieron ingresar por otro sector, constatando que la mujer yacía maniatada en el suelo de su habitación, ya sin vida.
Una serie de testigos declararon en las actuaciones y dieron indicios que permitieron encaminar la investigación, señalaron a una mujer que frecuentaba la casa de la víctima y la presencia el día del hecho de una camioneta de color claro en las inmediaciones.
La policía obtuvo huellas digitales en una puerta de chapa y en una caja de zapatillas, lo que posteriormente permitió determinar que se correspondían con una persona registrada en la base AFIS.
Este individuo fue procesado, y al declarar dijo que la persona que había “entregado
el trabajo” (el robo) era la mujer que trabajaba con la anciana fallecida. Que él y (el imputado) Gorosito habían hablado con aquella, quien les había dicho que “en la casa había plata guardada, que ella tenía la posibilidad de entrar sin hacer fuerza ni nada”. Que por eso habían viajado a San Clemente el mismo día del hecho en la camioneta Ecosport de Gorosito, de color blanca, que se habían encontrado con aquella chica y esta les había hablado de cómo hacer el trabajo, dando luego detalles de la forma en que se había concretado el robo en esa vivienda.
El Juez respecto de esa declaración, señaló que a grandes rasgos tenía en su gran mayoría composición de verdad, puesto que se habías podido certificar con otras pruebas la veracidad de esos dichos.
Y al realizar la valoración de la prueba el Dr. Lazzari indicó, que en las evidencias analizadas encontraba elementos para sostener las diferentes funciones que realizaron las personas que desencadenaron la muerte de la anciana, que al momento del deceso tenía 86 años de edad.
Que se había podido verificar el rol de Sergio Gorosito en el ilícito a partir de los indicios que señalan que los dos imputados por el crimen (que serán juzgados en juicio por jurado el próximo mes) entraron al domicilio de la víctima, la ataron y amordazaron, ocasionando a partir de esto su muerte. Y que, si bien estas dos personas aún no fueron juzgadas, la prueba reproducida alcanzaba para certificar que entraron a robar y causaron la muerte de la anciana.
Y en definitiva para resolver la responsabilidad del procesado, el Magistrado puntualizó que existían indicios o pruebas indirectas que, analizadas en su conjunto terminaban por refrendar la presencia del Gorosito aunque no en el interior de la vivienda. Además, resaltó que tanto el imputado como coautor del homicidio como la persona por él juzgada en este caso, tenían antecedentes en conjunto por ilícitos que tramitaban ante el Juzgado de Garantías n° 3 de San Isidro.
Resumiendo, el Juez dijo: “Quedó en claro que Gorosito, junto a su compañero llegaron al Partido de La Costa para cometer ese robo agravado, ambos hicieron inteligencia previa y sabían que se trataba de una anciana viuda, que vivía junto a sus perritos caniche, y tenían el dato que existían dólares en la finca y que, la víctima carecía de todo tipo de defensa posible acorde a su edad y soledad”.
Por ello el Dr. Emiliano Lazzari resolvió condenar a Sergio Gustavo Gorosito, de 48 años de edad, nacido en CABA y con domicilio en José León Suárez, por resultar participe secundario del delito de “Homicidio agravado criminis causa”, imponiéndole la pena de “Diez años de prisión”.