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El IPS garantizará aumentos automáticos para los jubilados de “extraña jurisdicción”

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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El Instituto de Previsión Social (IPS) emitió ayer un comunicado para informar que a partir del 1 de octubre entró en vigencia el Decreto N° 1754/23, normativa que “garantiza la movilidad en sus haberes” de manera automática “para aquellas personas jubiladas con cargos de extraña jurisdicción”.

El organismo provincial señaló que, de esta manera, se trasladarán “de forma automática los aumentos que se produzcan en los sueldos del personal en actividad de la Administración Pública Provincial, Ley 10.430, según índice CoPa”.

“Cabe consignar que el mecanismo de movilidad jubilatoria automática, que comienza a aplicarse a partir del 1 de octubre y que se verá reflejado con los haberes de noviembre, viene a subsanar un histórico reclamo del segmento de personas jubiladas y pensionadas con cargos de extraña jurisdicción”, señaló el IPS.

Y agregó: “Las y los beneficiarios que hasta el momento debían gestionar sus aumentos de haberes, con la consecuente pérdida de tiempo y poder adquisitivo que implicaba, desde ahora podrán gozar de los incrementos previsionales al igual que el resto de las personas jubiladas del organismo previsional”.

Los jubilados y pensionados de “extraña jurisdicción” son aquellos que están percibiendo un beneficio del IPS por un cargo correspondiente a una carrera privada, público nacional o perteneciente a otra provincia.

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