En el marco de un juicio oral realizado en el Juzgado en lo Correccional nº 2 Departamental, un vecino de Dolores fue condenado al ser hallado penalmente responsable de privar de su libertad, amenazar y lesionar a su ex pareja, hechos perpetrados en nuestra ciudad en el año 2020.
Según indicó el Juez Martínez Mollar en su resolución, con los testimonios y pruebas producidos en el debate oral había formado convicción que, en las primeras horas de la mañana del 25 de enero de 2020 en un domicilio de Dolores, un individuo esgrimiendo un arma blanca tipo cuchillo amenazó a su ex pareja con asesinarla mientras “la mantenía retenida en el fondo de la vivienda en contra de su voluntad, arrodillada con la cabeza mirando hacia abajo, arrinconada contra un árbol, sosteniendo a la víctima de sus cabellos con una mano y el arma blanca con la otra apuntando hacia su cabeza”, propinándole además diversos golpes en la cabeza y provocándole múltiples escoriaciones y heridas cortantes en ambos miembros, mano derecha e izquierda, y múltiples hematomas en cráneo. Y que en circunstancias que intervenía personal policial y se producía un forcejeo entre el agresor y la víctima, esta pudo ser rescatada y puesta a resguardo, retirándose el sujeto del lugar en medio de amenazas a los efectivos, emprendiendo una larga caminata por calles de la ciudad seguido por la policía por muchas cuadras, hasta que pudo ser finalmente aprehendido.
La víctima en su declaración habló muy bien del imputado y de la relación de pareja que habían mantenido, aclarado que nunca habían existido situaciones violentas, que el día de los hechos había llegado a la casa, había golpeado la puerta con un cuchillo, que su comportamiento no era el habitual, que pedía hablar con un familiar de ella porque algo había pasado, que asustada se había refugiado en el patio de la casa de un familiar donde precisamente se había producido la agresión, la que los funcionarios policiales que llegaron al lugar habían presenciado.
Los efectivos policiales que intervinieron en el hecho recordaron haber visto a la víctima lastimada, que el sujeto la tenia acorralada, que lo habían intentado calmar porque decía que si se acercaban mataría a la mujer, precisando que el suceso se había prolongado como una hora, y que pese a que la mujer había zafado de la situación aquel había seguido atrincherado, hasta que en un momento había saltado el alambrado, ganado la calle y huido del lugar, que lo habían perseguido y finalmente aprehendido.
Distintos familiares de la víctima dieron testimonios de la buena relación que esta tenía con el imputado, dijeron haberlos visto ese día discutir en el patio de la casa donde sucedieron los hechos, que él la amenazaba con un cuchillo.
El propio procesado declaró en el juicio, relató un problema intrafamiliar que había ocurrido tiempo antes, dijo haberse puesto muy nervioso a raíz de una foto que había visto en Instagram, haberse dirigido a la casa de su ex para hablar con un familiar de ésta, que no recordaba lo sucedido cuando estaban en el patio de la casa, que cuando había llegado el Fiscal él le había recriminado por su accionar en el problema que le preocupaba, que la situación lo había sobrepasado, que nunca le había querido pegar a su ex, que no sabía qué le había pasado.
La Fiscal Dra. Verónica Raggio consideró acreditada la materialidad delictiva de
los hechos motivo de juzgamiento y la autoría por parte del imputado, solicitando por ello se lo condenara.
De su parte el Defensor Particular, el Dr. Juan Francisco Caraccio, solicitó la absolución de su defendido en relación a los delitos de amenazas coactivas agravadas por el uso de arma y privación ilegal de la libertad, y que se considerara que las lesiones agravadas habían sido cometidas en estado de emoción violenta.
El Juez al resolver señaló, que si bien la víctima había tratado de minimizar los acontecimientos por haber recompuesto una relación de armonía con su ex-pareja, no podía soslayarse la denuncia que había originado las actuaciones, considerando que su relato en ella resultaba verosímil, creíble, el que había sido robustecido por los demás elementos de cargo colectados y reproducidos en el juicio por la parte acusadora. También, que los testimonios de los efectivos policiales y de distintos testigos daban cuenta de la forma en que el imputado mantenía secuestrada a la víctima y de las heridas que esta había recibido, las que fueron constatadas según el informe médico.
Respecto del descargo del procesado, señaló que con sus dichos había intentado mejorar su situación procesal, justificar su accionar en un temor fundado hacía un familiar de su ex pareja, considerando el Magistrado que ello no resultaba fundamento suficiente como justificación para borrar la ilicitud de su accionar.
Por ello, el Dr. Martínez Mollard resolvió condenar a Fernando Bustamante, de 38 años de edad, empleado del Servicio Penitenciario Bonaerense, nacido y con domicilio en Dolores, como autor penalmente responsable de los delitos de «Amenazas coactivas agravadas por el uso de armas en concurso ideal con privación ilegal de la libertad en concurso real con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra quien mantuvo una relación de pareja«, a la pena de “Tres años de prisión de ejecución condicional” y al cumplimiento de determinadas reglas de conducta, entre ellas la de abstenerse de realizar todo acto que implique un hostigamiento a la víctima.