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Desde abril se deberá discriminar el IVA en las facturas

Federico Sabalette
2 Minutos de lectura

El Gobierno Nacional dispuso la obligatoriedad de detallar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en todas las facturas de bienes y servicios a partir del 1° de abril.

Así las cosas, lo hizo a través de una disposición de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunciada este jueves.

En tanto, según se informó, desde esa fecha, todos los vendedores de bienes y servicios debieron incluir en un apartado específico de sus tickets el monto correspondiente al IVA.

Por lo tanto, esta medida, que se extiende a “todo el universo de contribuyentes”, forma parte del cronograma dispuesto por ARCA para la implementación del régimen de transparencia fiscal.

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Cabe recordar que desde enero, esta obligación había estado vigente únicamente para las grandes empresas, no obstante, aquellos contribuyentes que emitían comprobantes mediante facturación electrónica utilizando sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la opción de discriminar el IVA en sus comprobantes de compra.

Próximamente, con la entrada en vigor de esta nueva disposición, “la obligación se extendió a todo el universo de comercializadores de cualquier tipo de bien o servicio”.

Así las cosas, los consumidores podrán visualizar de forma clara y transparente “la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos”.

En esta línea, se especificó que los comprobantes deberán mostrar en un apartado del ticket el desglose del IVA y los impuestos internos en el campo “Otros impuestos nacionales indirectos”.

Por su parte, ARCA aclaró que “el consumidor final no debe hacer ninguna operación”.

Por último, se indicó que en la factura o ticket de compra se debe leer la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743), donde estarán discriminados los impuestos anteriormente detallados”. (Crónica)

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