En un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Dolores, el Dr. Christian Rabaia como Juez unipersonal condenó a un vecino de Chascomús sometido a proceso penal por un intento de homicidio perpetrado en noviembre de 2020 en esa localidad.
El acuerdo de juicio fue consensuado por el Fiscal Dr. Gustavo García y el Defensor Particular Dr. Lettieri, quienes acordaron con anuencia expresa del imputado la calificación y el estimado de la pena a imponer.
En el fallo al cual accedió Diario Compromiso, el Dr. Rabaia señaló tener legal y plenamente probado que en horas de la tarde del 20 de noviembre de 2020 en la vereda de un domicilio de la calle Ameghino al 200 de Chascomús, un individuo luego de una discusión con un vecino con intención de darle muerte le propinó con un martillo un golpe en la cabeza que le provocó fractura de cráneo con hemorragia, lesión de carácter grave que puso en riesgo su vida.
El denunciante manifestó haber ido junto a su amigo (la víctima) a cobrar una deuda a casa de Lorenzo Faguaga, haber escuchado cuando éste le decía “no te voy a pagar nada”, y haber visto cuando tomaba un martillo y lo golpeaba a la altura de la sien del lado izquierdo. Señaló que su amigo no había alcanzado a protegerse, que había caído al suelo desvanecido, por lo que luego de alzarlo lo había llevado a la guardia del hospital, desde donde se lo trasladó al Hospital Interzonal de Melchor Romero dado la gravedad de la lesión.
Resaltó este testigo que no existían problemas entre los involucrados, que el agresor tenía una deuda de plata por unos plásticos de moto que el herido le había vendido.
Por su parte y en momentos en que la policía realizaba un procedimiento en el lugar del hecho, la madre del individuo sindicado como autor de la agresión hizo entrega de un martillo, que manifestó haberlo hallado en la vereda y al cual los efectivos secuestraron.
Otro vecino dijo haber escuchado cuando la persona que llegaba le decía al agresor “dame la plata o dame los repuestos de la moto”, haber visto cuando éste tomaba un martillo y le tiraba tres martillazos, de los cuales dijo solamente uno había impactado en la cabeza de la víctima.
Respecto de la declaración del imputado respecto del hecho indicó el Magistrado, que al confrontar su relato con el resto del plexo probatorio, los argumentos y explicaciones esgrimidas por el procesado en cuanto al modo en que se habría desarrollado el suceso se desvanecían de modo tal, que solo podía ser tomados como simples exculpas sin sustento alguno, ya sea fáctico o jurídico.
Finalmente, para el Juez el relato de la víctima correlacionado con los restantes elementos de prueba y los testimonios prestados por las personas que presenciaron el hecho en su totalidad o alguna secuencia del mismo, constituían un marco probatorio contundente para sostener la imputación en cabeza del procesado y concluir que era autor de la materialidad delictiva descripta.
Por ello el Dr. Rabaia resolvió condenar a Lorenzo Faguaga, apodado “Lolo”, de 21 años de edad, don domicilio en Chascomús y actualmente alojado en la Unidad Penal 6 de Dolores, como autor penalmente responsable del delito de “Homicidio simple en grado de tentativa” a la pena de “Cuatro años y diez meses de prisión”.