En un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal n° 2 Departamental, el Dr. Antonio Severino actuando como Juez unipersonal condenó a un vecino de Mar de Ajó juzgado por privar de su libertad e intentar abusar sexualmente de su ex pareja.
El juicio había sido consensuado por el Fiscal Dr. Diego Bensi y la Defensora Particular Dra. Laura Mónica, con acuerdo expreso del imputado en cuanto a los términos alcanzados por ambas partes.
Respecto de los hechos, en el fallo al cual “Diario Compromiso” accedió, el Dr. Severino señaló como acreditado:
Hecho I: en los primeros minutos del 16 de marzo de 2019 en la localidad de Mar de Ajó, Damián Fernando Ruiz interceptó el vehículo en que se movilizaba su ex pareja, ingresó al mismo y la mantuvo privada de su libertad por más de cuatro horas, período en que la amedrentó con el arma reglamentaria de la mujer y que había tomado de su cartera, generando en ésta temor a que pudiera ser disparada, accionar motivado en el individuo referido a la relación sentimental que había finalizado.
La mujer al efectuar la denuncia señaló que habían convivido ocho años, que había sufrido violencia verbal y física por parte de su ex pareja, precisando que desde que se habían separado este la hostigaba constantemente, por lo que debió denunciarlo y pedir una medida cautelar de restricción de acercamiento, la que había sido dispuesta por el Juzgado de Paz de La Costa. Puntualizó la mujer que su ex nunca había aceptado la separación, que cada vez que llegaba hasta su domicilio la amenazaba de muerte o le decía que le haría perder su trabajo.
Sobre lo sucedido señaló, que ese día cuando venía circulando en su vehículo había observado que de frente en moto venía su ex pareja, quien había impactado contra su auto y caído al asfalto, razón por la cual ella había descendido, y que tras comprobar que estaba bien había regresar al vehículo para intentar alejarse. Que en ese momento aquel se le había adelantado, había subido y había tomado el arma reglamentaria que tenía ella en su cartera, le había quitado el cerrojo, y que mientras la agitaba se la ponía en su cabeza o en el pecho. Precisó que había tratado de calmarlo porque se mostraba muy agresivo, que como tenía el dedo en el gatillo supuso que podía disparar o dispararle a ella en cualquier momento. Que así habían estado durante unas cuatro horas, hasta que ella pudo sacarle el arma y desarmarla, tras lo cual aquel había retomado su camino llevándose el auto. Señaló también, que al día siguiente se había presentado en el lugar donde ella trabajaba y le había dejado el vehículo en la puerta, que este tenía las ruedas flojas y el parabrisas roto, desconociendo la mujer al momento de su declaración donde se encontraba el rodado ya que su ex pareja se lo había vuelto a llevar y nunca más lo había visto.
Hecho II: en una vivienda de la misma localidad el sujeto antes mencionado intentó abusar sexualmente de su ex pareja mediante el uso de violencia, no logrando su cometido por razones ajenas a su voluntad, dado que la víctima luego de un forcejeo logró zafar y huir de la vivienda.
La mujer relató que su ex pareja había llegado a su domicilio, la había tomado del cuello por detrás y la había llevado hasta la habitación, donde luego de tirarla en la cama había intentado forzarla a mantener relaciones sexuales, lo que no había logrado por la resistencia que ella puso, y porque tras haber logrado zafar de esa situación se había alejado hacia la casa de una amiga.
El procesado dio una versión distinta de los hechos y sobre la cual el Juez señaló, que resultaban “absolutamente contrarias a la prueba y carentes de elementos respaldatorios que la sostengan, ya que no solo niega los hechos, sino que aporta una versión absolutamente incomprobable, y extremadamente débil frente a los elementos que lo incriminan seriamente”.
Por ello el Dr. Antonio Severino resolvió condenar a Damián Fernando Ruiz, de 30 años de edad, nacido y con domicilio en Mar de Ajó, como autor responsable de los delitos de “privación ilegal de la libertad agravada mediante el uso de amenazas en concurso real con coacción agravada por el uso de arma (hecho I), en concurso real con abuso sexual en grado de tentativa (hecho II)”, a la pena de “cuatro años de prisión”.
Además resolvió, que firme y consentida la sentencia se proceda a la extracción de muestra biológica del condenado a los fines de su inserción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la integridad sexual.