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Lo condenan por homicidio luego que Casación revocara su absolución

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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En un fallo reciente dictado en el Tribunal en lo Criminal n° 2, los Jueces Dres. Antonio Severino, Christian Rabaia y Jorge Martínez Mollard condenaron a un individuo imputado de un homicidio perpetrado en el Partido de Gral. Lavalle en el año 2013, quien en el juicio donde había sido juzgado había sido absuelto ante la carencia de certeza de cómo habían ocurrido los hechos.

Ese fallo absolutorio había sido recurrido por el Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal provincial, cuya Sala III lo revocó y dispuso, que el mismo Tribunal que lo había juzgado pero con otra integración de jueces debía imponerle pena como responsable del homicidio.

El hecho materia de juzgamiento ocurrió en la media mañana del 24 de julio de 2013, en una chacra ubicada a la altura del kilómetro 316 de la ruta Interbancaria 11, cuando Alejandro Matías Cesar previo mantener una discusión con Luis César Conte le efectuó un disparo con un arma de fuego, el que le produjo un severo daño cerebral que ocasionó su muerte días después en el Hospital Interzonal General de Agudos de Mar del Plata.

Los jueces que integraron el Tribunal 2 que lo juzgó en agosto de 2017, habían resuelto absolverlo por unanimidad, considerando que si bien había quedado acreditada la conflictividad existente entre víctima y victimario y que ambos habían resultado heridos con proyectiles de arma de fuego, no se había logrado determinar la secuencia que había provocado el fallecimiento de Conte.

En este nuevo fallo el doctor Severino (de primer voto) señaló que, habiéndose escuchado a la Fiscal y al Defensor Oficial, luego de merituar la falta de antecedentes en el procesado y el buen concepto que surgía del informe social, correspondía condenar e imponer al imputado “diez años y diez meses de prisión”.

Los otros dos jueces votaron en igual sentido, por ello el Tribunal por unanimidad resolvió condenar a Alejandro Matías César, de 42 años de edad, nacido y con domicilio en Mar del Tuyú, como autor penalmente responsable del delito de “Homicidio agravado por el empleo de arma de fuego” a la pena de “Diez años y 10 meses de prisión”.

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