Se conocieron las apelaciones formuladas ante el Tribunal de Casación provincial por la Fiscalía, el Particular Damnificado y la Defensa, respecto de la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental a los ocho jóvenes zarateños condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa.
La parte acusadora lo hizo procurando que todos los imputados sean condenados a “prisión perpetua”, mientras que el Defensor pidiendo el cambio de calificación y el dictado de una pena menor a cinco de ellos y la absolución de los tres restantes.
Y sobre estos últimos es que nos referiremos, ya que de confirmarse la pena de 15 años de prisión impuesta a Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, estos la deberán cumplir en su totalidad.
Una alta fuente judicial de nuestra ciudad nos alertó sobre la interpretación errónea que se estaba haciendo sobre el supuesto de que pudieran gozar de libertad condicional, a los diez años (dos tercios de la pena impuesta) descontado los cumplidos desde su detención, ya que según lo señala el Código Penal esa posibilidad no existe.
El Art. 14 del C.P. dice: “La libertad condicional no se concederá a los reincidentes. Tampoco se concederá cuando la condena fuera por: Homicidios agravados previstos en el artículo 80 del Código Penal”, debiendo recordarse entonces, que la sentencia dictada fue por “Homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por Alevosía en Concurso Ideal con Lesiones leves”.