El titular del Juzgado en lo Correccional nº 2 Departamental condenó en el marco de un juicio abreviado sustanciado en esa sede judicial, a un vecino de Dolores sometido a proceso penal por su responsabilidad de haber atropellado y lesionado a una mujer cuando esta caminaba por una calle de nuestra ciudad.
El juicio había sido consensuado por la Fiscal Dra. Verónica Raggio y el Defensor Oficial Dr. Gustavo Estrada, con acuerdo expreso del imputado en cuando a la calificación y el estimado de la pena a imponer
El Juez señaló en su veredicto tener legal y plenamente probado, que en la tarde del
22 de noviembre de 2016 un adulto que conducía en nuestra ciudad un vehículo Ford Fiesta con sentido cardinal de Este a Oeste, al transponer unos metros de la intersección de Espora con Sáenz Peña y al hacerlo en forma imprudente, antirreglamentaria y violando el deber objetivo de cuidado, embistió a una mujer joven que caminaba por el borde derecho de la primera calle, provocándole fractura de fémur derecho y politraumatismos, lesiones caracterizadas como de carácter graves.
La autoría penal del procesado según el fallo se acreditaba con el acta de procedimiento policial, donde consta que al hacerse presente efectivos de la Comisaría local ante una alerta radial, comprobaron la presencia de una joven de 18 años acostada sobre la vereda y muy dolorida, detenido en el lugar un vehículo Ford Fiesta gris que la había atropellado, también la presencia de su conductor, dejándose constancias que luego de la llegada del servicio médico de emergencias la víctima había sido trasladada al Hospital “San Roque” donde debió ser internada ante las lesiones que presentaba.
En oportunidad de prestar declaración la joven manifestó, que cuando caminaba por Espora junto a una hermana menor había observado que se acercaba un auto transitando muy pegado al cordón y medianamente rápido, que no había podido evitar ser embestida en su pierna derecha, quedando luego de ello tirada sobre la acera.
El informe y las placas fotográficas obtenidas de rodado mostraron un golpe en la parte delantera derecha, el paragolpes delantero raspado, una abolladura en el capot, y el parabrisas astillado sobre el lateral derecho a la altura media.
La Pericia accidentológica determinó por donde circulaba el rodado y que la víctima lo hacía caminando al momento de producirse la colisión.
El Juez para resolver señalo en su análisis, que la materialidad delictiva surgía de esos elementos merituados, y que en orden a la responsabilidad penal del imputado debía considerarse que los elementos de cargo resultaban suficientes para tener por acreditada su autoría en el hecho juzgado, entendiendo el Magistrado que el procesado había “violado las normas que imponen el deber de circular respetando las normas legales, con cuidado y revisión, respetando en todo momento el dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la conducción”.
Por ello resolvió condena a César Antonio Morales, de 41 años de edad, nacido y con domicilio en Dolores, por resultar autor penalmente responsable del delito de «Lesiones culposas ocasionadas por la conducta imprudente y antirreglamentaria en la conducción de un vehículo automotor«, imponiéndole como pena “seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículo
automotor por el término de dieciocho meses”.