En el marco de un juicio abreviado sustanciado en el Juzgado en lo Correccional nº 2 Departamental su titular condenó a un vecino de Chascomús, sometido este a proceso penal por “amenazas agravadas y tenencia ilegal de armas”, hechos ambos perpetrados en 2019 en esa localidad.
El juicio había sido consensuado por el Fiscal Dr. Juan Manuel Dávila y el Defensor Particular Dr. Leopoldo Nimer Echave, con el acuerdo expreso del imputado en la calificación, el estimado de la pena y las reglas de conducta a imponer.
Según surge del fallo al que “Diario Compromiso” accedió, el Juez consideró legal y plenamente probado los ilícitos en juzgamiento, precisando que:
Hecho I: en las primeras horas de la tarde del 24 de noviembre de 2019, en momentos en que un matrimonio se encontraban en una camioneta Toyota en la avenida Campaña del Desierto de Chascomús -a 150 metros de la Autovía 2-, un sujeto que se movilizaba en una camioneta Chevrolet Silverado se puso a la par de aquél vehículo, y apuntándoles con un arma de fuego -tipo revolver- les manifestó «no te metas con mi hijo, no te metas con nosotros, cuídate por donde andas…”, logrando con su accionar intimidarlos.
Hecho II: dos días después y en oportunidad de concretarse un allanamiento ordenado por el Juzgado de Garantías n° 5 Departamental en la vivienda del sindicado, el personal policial actuante secuestró en el interior de ese domicilio una carabina calibre 22 largo Mahely y una escopeta calibre 32 Alsacia modelo safari, armas de uso civil que aquel tenía en su poder sin contar con la debida autorización legal.
La pareja denunciante describió los hechos, sumando el Juez entre los elementos ponderados para resolver, las imágenes de las cámaras de seguridad que mostraban la presencia en ese lugar de ambos vehículos en el día y la hora señalada.
Respecto de las armas secuestradas, el Magistrado valoró el informe que señalaba que el imputado no se encontraba registrado como legítimo usuario de armas de fuego de uso civil.
Por ello el Juez indicó tener por acreditada la materialidad delictiva como también la responsabilidad penal del imputado en los hechos endilgados, resolviendo en consecuencia condenar a Carlos Alberto Angrisano, de 44 años de edad, contratista rural, nacido y con domicilio en Chascomús, como autor de los delitos de «Amenazas agravadas por el empleo de arma de fuego en concurso real con tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil«, imponiéndole la pena de “Un año de prisión condicional”. También el cumplimiento de determinadas reglas de conducta, entre ellas la prohibición cualquier acto de hostigamiento, intimidación y/o contacto con las víctimas, o efectuarles llamados telefónicos, mensajes de texto, mensajes de Twitter, Facebook y/o cualquier otra red social y/o sistema de comunicación o por intermedio de terceras personas, disponiendo un perímetro de exclusión de 200 metros de distancia en relación a su domicilio, y la prohibición de uso y/o portación de armas.