En el marco de un juicio abreviado consensuado por el Fiscal y el Defensor con acuerdo del imputado, el Dr. Antonio Severino actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal Nº 2 Departamental, consideró no acreditada la materialidad delictiva descripta y en consecuencia lo absolvió.
El caso, según surge de la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, sucedió según la acusación fiscal en horas de la noche del 3 de junio de 2017, cuando Leandro Ariel Lo Surdo conduciendo un Chevrolet Corsa llegó hasta un domicilio de la localidad de Mar de Ajó, donde con la finalidad de amedrentar a la persona con la que
había efectuado una permuta de un vehículo lo amenazó diciéndole que lo iba a matar, exigiéndole en todo momento que le devolviera ese auto ya que el que le había entregado tenía problemas mecánicos. Que en esas mismas circunstancias lo había obligado a subir al auto en que se movilizaba para trasladarse hasta San Clemente a buscar el rodado reclamado, amedrentándolo durante el viaje con el arma de fuego mencionada, resultando el sindicado aprehendido cuando regresaban a Mar de Ajo por personal policial que había sido alertado de la maniobra por la cónyuge de la víctima.
Precisamente la esposa de este manifestó, que su marido había realizado una permuta con el individuo sindicado, que este hacia unos 15 días había comenzado a reclamarle que ese auto tenía dañada la bomba de agua, razón por la que su esposo lo había traído y llevado a un mecánico en Costa Azul, vehículo que aún no estaba rearado porque el repuesto no había llegado. La testigo dijo que el sujeto no había exhibido arma alguna, que todo habían sido amenazas para que subiera al auto en que se movilizaba.
El denunciante marró en términos muy similares el motivo del conflicto, puntualizando que durante todo el viaje hacia San Clemente lo había amenazado con matarlo a él y a su familia. Que en la casa del nuevo dueño del auto que ese individuo le había entregado había vuelto a amenazarlo de muerte, relatando el regreso a Mar de Ajo y el momento en que intervino la policía.
Una persona que acompañaba circunstancialmente al imputado manifestó que nunca había amenazado al denunciante ni exhibida arma alguna, y que este había aceptado ir a San Clemente con ellos.
El Juez en su análisis señaló, que “habiendo reproducido la totalidad de la prueba que guarda vinculación con la materialidad ilícita…, varias de las circunstancias
fácticas contenidas en la descripción efectuada por el Ministerio Público Fiscal no
encuentran respaldo alguno…”, resaltando puntualmente, que al ser inspeccionado y requisado por personal policial el auto al momento de su aprehensión “no se logró incautar arma alguna”. Que la propia pareja del denunciante había dicho, que este no había sido agredido ni amenazado con un arma por el imputado.
“El relato del denunciante es parcialmente conteste con el de su pareja” indicó el Magistrado, que la diferencia radicaba en que mientras aquel sostenía haber sido amenazado con una pistola tipo 9 mm. la mujer decía no haber observado arma alguna.
Por su parte el nuevo dueño del auto cuya devolución reclamaba el imputado,
afirmó que nunca lo vio con un arma, que tampoco había amenazado al denunciante, que solo hablaba exaltado.
Por ello el Juez consideró, que el testimonio del denunciante al no haber sido incautada el arma, no haber sido visualizada por su propia pareja ni por otros dos testigos, se exhibía débil al momento de acreditar el tipo penal, resolviendo por ello el Dr. Antonio Severino absolver a Leandro Ariel Lo Surdo, de 41 años de edad,
mecánico, “en razón de no haberse probado la materialidad ilícita tal como fuera descripta por el acusador”.