En un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 2 Dolores, los Jueces Dres. Eduardo Campos Campos, Antonio Severino y Matías Zabaljauregui por unanimidad condenaron a un vecino de San Clemente del Tuyú juzgado por haber abusado sexualmente de dos sobrinos menores de edad.
Según la resolución a la que accedió “Diario Compromiso” el Dr. Severino fue el Juez de primer voto, en el que consignó que con la prueba incorporada al juicio había acreditado los siguientes hechos ilícitos:
Hecho I: entre 2012 y 2013 en un domicilio de San Clemente del Tuyú, un individuo que resultaba ser tío político de un menor (entre sus 10 y 11 años) al menos en
tres oportunidades mediante el empleo de violencia física y psíquica había abusado sexualmente de él.
La víctima prestó declaración en el debate oral y dijo que esa persona era el marido de una tía, que vivía cerca de la casa de un familiar a donde él concurría, quien aprovechando esas circunstancias y bajo amenazas había perpetrado los abusos en tres oportunidades. Que recién años después le había podido contar a su mamá lo sucedido, que no lo había hecho antes porque prefería olvidar esos episodios.
La progenitora señaló haber advertido que su hijo que tenía miedo de estar solo, que en todo momento quería estar entre personas mayores, que había pensado que se trataba de una cuestión de niños.
Las pericias psicológicas realizadas al menor determinaron la existencia de consecuencias psicológicas que se citan frecuentemente en los casos de abuso sexual infantil, como también, que no se advertían indicadores de inducción, prefabricación, fabulación o sobrecarga imaginativa.
El imputado por su parte manifestó ser inocente, que el problema era la madre del menor, que había problemas familiares, relato que para el Juez se exhibía extremadamente débil frente al plexo probatorio analizado.
Como resumen de su análisis el Dr. Severino señaló, que los elementos merituados permitían acreditar tanto la materialidad ilícita del hecho traído a juicio tal como había sido descripto, como también la participación del imputado en calidad de autor.
Hecho II: entre de enero y marzo de 2016 en el interior del mismo domicilio, el mismo sujeto abusó sexualmente de un menor de 9 años de edad mediante el empleo de violencia, y en otras y reiteradas oportunidades apoyando su miembro sobre su cuerpo mientras el niño jugaba.
El menor manifestó que sus padres trabajaban y que él se quedaba sólo. Que vivían en casa de unos tíos mientras terminaban la suya, y que en esas circunstancias el concurría a jugar a la casa del imputado, relatando la forma y las circunstancias en que éste lo había abusado sexualmente. Dijo saber lo que había pasado con el otro menor a partir de la denuncia que había hecho su mama.
La progenitora durante el debate refirió la relación de parentesco del imputado, de cómo se había enterado de los abusos que había sufrido su hijo y de las consecuencias.
En este caso también el Magistrado valoró el testimonio de una psicóloga, quien indicó no haber advertido indicadores de fabulación o mendacidad, y tampoco ideaciones motivadas por un tercero.
En este caso el imputado solo se limitó a negar su participación en el hecho, aduciendo que lo denunciado era consecuencia de meros problemas familiares, pero sin aportar elementos que sostuvieran su hipótesis.
Al igual que en el anterior hecho, para el Juez estaba acreditada la materialidad ilícita y la autoría responsable en cabeza del imputado, señalando que las manifestaciones del menor no estaban huérfanas, sino que eran contestes con la declaración de su progenitora y con el contenido de la denuncia formulada por su padre.
Por todo, los Jueces del Tribunal por unanimidad resolvieron condenar a Walter Ramírez, de 38 años de edad, albañil de ocupación, nacido y con domicilio en San Clemente del Tuyú, por resultar autor responsable de los delitos de “abuso sexual reiterados y abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización”, a la pena de “Once años de prisión”.