En el marco de un juicio abreviado realizado recientemente en el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores, la Dra. Claudia Castro actuando como Juez unipersonal condenó a dos vendedores ambulantes por “tenencia de estupefacientes para comercialización”, y a uno de ellos también por lesiones a su pareja, hechos perpetrados en La Lucila del mar y Mar de Ajó respectivamente.
El juicio había sido consensuado por el Fiscal Dr. Marcos Scoccimarro y el Defensor Oficial Dr. Martín Molina en representación y con acuerdo expreso de ambos imputados.
En la resolución de la Dra. Castro a la que “Diario Compromiso” accedió, la Juez señalo tener legal y plenamente probado los siguientes ilícitos:
Hecho 1: en un operativo de interceptación selectiva vehicular que realizaba la policía en las primeras horas de la tarde del 18 de enero de 2022 en La Lucila del Mar, dos sujetos adultos tenían en el baúl del Toyota Corolla negro en que circulaban -con pedido de secuestro activo-, una bolsa de nylon conteniendo 32 tubos con cocaína y un peso total de 79,8 gramos; y en otro envoltorio 6,9 gramos de marihuana. También se les secuestró 14 tubos transparentes vacíos, una balanza digital, dinero en efectivo y un teléfono celular. Asimismo, al día siguiente en el domicilio donde ambos sujetos residían se incautó un frasco conteniendo hojas secas, 4 tubos plásticos con semillas y 16 plantas de marihuana, que al pesaje arrojaron 116,2 gramos de trozos compactos y hojas secas, 175 gramos de cogollos y 2.155 gramos de deshoje de las plantas, secuestrándose también una balanza, recortes varios, anotaciones, fertilizantes, sustancia de estiramiento, lámparas, medidor de temperatura destinados al cultivo, dos teléfonos celulares y una notebook.
Hecho II: ese mismo día 18 de enero, en Mar de Ajó uno de aquellos sujetos sindicados en el hecho anterior, en el interior del mismo rodado Toyota discutió con su pareja y le mordió la nariz, ocasionándole lesiones leves, fugando tras ello y siendo aprehendido en el procedimiento referido.
La Juez valoró para el Hecho I el acta labrada del procedimiento policial, el testimonio del testigo civil, como también la información surgida del teléfono celular secuestrado, de la que se desprende que uno de los coimputados ofrecía a la venta tanto marihuana como cocaína.
Respecto del Hecho II computó la declaración de una testigo, que señaló haber visto como una mujer que iba en un auto con la mitad de su cuerpo en el aire por una ventanilla, caía al suelo mientas el conductor fugaba, precisando que la víctima quería irse del lugar y no hacer denuncia alguna, y que con la llegada de la policía había sido trasladada al hospital.
La Magistrada señaló en su análisis, que la secuencia probatoria acreditaba con los alcances de certeza exigidos en esta etapa procesal la materialidad ilícita y la responsabilidad enrostrada respectivamente a los procesados.
Por ello la Dra. Claudia Castro resolvió condenar a Jorge Luis Rodríguez, de 32 años de edad, vendedor ambulante, nacido en Mendoza y con domicilio en Mar de Ajó, por ser coautor del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” a la pena de “Cuatro años de prisión”; Y a Hernán Mariano Skoczdopole, de 49 años, vendedor ambulante, nacido en CABA y domiciliado en Mar de Ajó, como responsable del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con lesiones leves agravadas por quien mantiene una relación de pareja y mediando violencia de género”, imponiéndole “Cuatro años de prisión”.