En el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores concluyó ayer con una condena y un sobreseimiento el juicio oral donde fueron juzgadas dos personas por el crimen de una artesana, hecho perpetrado en Villa Gesell en 2014.
El Tribunal estuvo integrado por los Jueces Dres. Claudia Castro -de 1er. voto-, Christian Rabaia y Marcos Milano, estando la acusación a cargo del Fiscal Dr. Juan Manuel Dávila y del Particular Damnificado representado por la Dra. Nilda Gómez, mientras que las respectivas defensas estuvieron representadas o}por los Defensores Dra. Olindi Huespi (Oficial) y Dr. Claudio Munafó (Particular).
La Dra. Castro en su análisis y resaltando que se apartaba de la teoría original del caso, ya que no encontraba elementos que señalaran responsabilidad en uno de los imputados, consideró legal y plenamente probado que en horas de la tarde del 5 de mayo de 2014, en circunstancias en que Cynthia Beatriz Filippone se encontraba en el jardín de su vivienda en Villa Gesell, al menos un sujeto adulto, individualizado como Sergio Daniel Muñoz “el Perro”, ingresó a la zona parquizada, donde utilizando un elemento punzo cortante atacó a la víctima y le provocó una herida en la región del cuello que comprometió el paquete vascular, que le produjo un paro cardio respiratorio traumático y su inmediato deceso. Que el agresor huyó rápidamente del lugar a bordo de un vehículo Volkswagen Foxm, en el que era aguardado por una mujer ya fallecida.
Y en ese marco señaló, que la materialidad delictiva la consideraba demostrada con distintos elementos de cargo respecto de Sergio Daniel Muñoz, puntualizando, que “si bien no se demostró que el hecho se produjo en el marco de un intento de robo tampoco podemos descartarlo”, recordando que la secuencia fáctica demostraba que Cynthia Filippone fue atacada por al menos una persona que la sorprendió en el patio; que intentó defenderse, que gritó, que luego de recibir la estocada final, herida de muerte y mientras perdía gran cantidad de sangre logró ingresar a su casa desde donde su hijo pidió ayuda. “El autor huyó saltando una ligustrina perimetral” resaltó la Juez, indicando la existencia entre otros rastros de una rama del arbusto quebrada. También computó entre otros elementos de cargo el indicio de fuga, ya que quedó demostrado que al momento de ser interceptado por personal policial intento eludir el accionar ordenándole a la conductora del vehículo (fallecida) que hiciera caso omiso a la orden y huyera del lugar.
En los alegatos el Fiscal y el Particular Damnificado sostuvieron la responsabilidad penal de los dos imputados juzgados, Muñoz (que actuó con otro sujeto ya fallecido) como autor del crimen, y a Hernández por haber proporcionado información de que ese día la víctima se encontraría en su domicilio, facilitándoles como cooperación su propia vivienda para que pudieran acceder fácilmente a la de Filippone.
La Defensa Oficial del coimputado Sergio Daniel Muñoz propugnó sin cuestionar la materialidad delictiva su absolución, argumentando falta de prueba relevante que lo vinculara con el suceso delictivo en juzgamiento.
Y al respecto la Juez puntualizó, “las evidencias analizadas me han convencido de la participación de Sergio Daniel Muñoz alias ‘El Perro’ en el hecho y en los términos que le fuera endilgada…, la prueba que lo vincula directamente con el suceso delictivo proviene de fuentes diferentes de información, que analizada en forma conjunta y a la luz de la secuencia fáctica comprobada confirman la hipótesis traída por la parte acusadora respecto de la participación del encausado cuya situación se analiza”.
Por su parte el Dr. Claudio Munafó en su calidad de defensor de Simón Hernández, propició en primer lugar la absolución de su defendido por no haberse demostrado la participación que le endilgaba la parte acusadora, y en subsidio, se declarara su inimputabilidad en virtud del informe pericial psiquiátrico realizado.
La Dra. Castro respecto de este imputado, consideró que no se había demostrado en el juicio que Simón Hernández hubiera brindado información a Muñoz para que este perpetrara el hecho, tampoco que el y/o los autores hubieran aguardado en su casa que Cynthia Filippone saliera al patio.
Por todo ello el Tribunal por unanimidad resolvió condenar a Sergio Daniel Muñoz, apodado “El Perro”, de 43 años de edad, nacido en San Justo y con domicilio en Villa Gesell, actualmente detenido en la Unidad Penal 6 de Dolores, como autor penalmente responsable del delito de “Homicidio simple” a la pena de “Dieciocho años de prisión”; Y absolver a Simón Hernández, de 32 años de edad, con último domicilio en la localidad de Ituzaingó, “por no haberse demostrado su participación en el hecho”.