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Condenaron en Mar del Plata a una mujer que anotó como hijos propios a dos chicos en 1970

Federico Sabalette
Federico Sabalette
3 Minutos de lectura

La Justicia marplatense condenó a tres años de prisión en suspenso a una mujer que entre marzo de 1970 y marzo de 1971 inscribió como hijos biológicos a un niño y una niña en el Registro Provincial de las Personas de la localidad balnearia, al insertar datos falsos en las partidas de nacimiento. La pena fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral Federal.

En la sentencia, firmada por el juez Roberto Falcone, se consideró a M.C.P. como coautora penalmente responsable en la conducta de ocultar a dos menores de diez años “en concurso ideal con la intención de hacer incierto y alterar el estado civil de los menores de diez años y con el delito de falsedad ideológica de instrumento público destinado a acreditar la identidad de las personas”.

La ejecución se dejó en suspenso por ser primera condena -según informe de antecedente del Registro Nacional de Reincidencia- y la mujer deberá durante dos años respetar las pautas de conducta establecidas de fijar domicilio y someterse al cuidado del Patronato más cercano a su domicilio, según informa el portal 0223.

El proceso comenzó en 2017. El 15 de junio de ese año, A.F.M. denunció ante el Ministerio Público Fiscal que por familiares y por quien ella consideraba su padre, D.M., se había enterado que no era hija biológica ni del nombrado ni de M.C.P. y que a la fecha ignoraba su identidad. La mujer aportó el certificado de nacimiento y el acta oficial donde constaba que había nacido el 20 de marzo de 1971 en el domicilio familiar y que el nacimiento fue constatado por una partera.

Previa extracción de muestras de ADN y análisis mediante, se excluyó el vínculo biológico entre la denunciante y sus supuestos padres biológicos. Durante la instrucción se estableció que su hermano M.D.M. tampoco era hijo biológico de los sindicados pese a encontrarse inscripto de tal manera ante el Registro Provincial de las Personas, pero en su caso se negó a realizar la extracción hemática voluntaria para su posterior cotejo con las muestras reservadas.

Entre las pruebas agregadas a la causa se destacaron las copias certificadas de las dos actas de nacimiento, el referido resultado de la prueba de ADN elaborado por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la declaración de un sobrino de los imputados que confirmó que sus primos eran adoptados y la documentación que descartó la participación de una supuesta partera en ambos nacimientos. (DIB)

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