En el marco de un juicio oral realizado recientemente en el Juzgado en lo Correccional nº 2 de Dolores, un vecino de San Clemente del Tuyú fue condenado a una pena de cumplimiento efectivo al ser hallado responsable penalmente de haber amenazado con un arma a su padre, hecho perpetrado en esa localidad.
Según la resolución a la que accedió “Diario Compromiso”, el juicio estuvo presidido por el Juez Dr. Jorge Martínez Mollard, la acusación fiscal estuvo a cargo del Dr. Diego Bensi, mientras que la defensa la ejerció el Defensor Oficial Dr. Rolando Brown.
El hecho según surge de la resolución judicial ocurrió en horas de la mañana del 7 de mayo de 2023, cuando un individuo previo proferirle insultos a su progenitor cuando este se hallaba durmiendo, con claras intenciones de amedrentarlo, utilizando una cuchilla lo amenazó diciéndole que lo iba a matar, que se tenía que ir de la casa, continuando luego su accionar desde el patio de la vivienda, oportunidad en que la víctima para su resguardo y el de sus propios progenitores (personas mayores de edad) logró cerrar la puerta de acceso a la vivienda. Y que en esas circunstancias, el personal policial que acudió ante un llamado a la Central de Emergencia 911 había aprehendido al individuo al constatar que estaba alcoholizado y hostil, con un cuchillo en una mano y un vaso con bebida en la otra.
El Fiscal Bensi en su alegato sostuvo que se estaba ante un conflicto familiar, que el imputado podría estar enojado con su padre pero que por ello no podía cometer un delito, que existen medios legales para solucionar los problemas. Que hubo una pelea, un pedido del imputado a su padre para se fuera de la casa, que ante la negativa de este las amenazas habían existido, que para ellas había utilizado un arma, y que si bien el imputado había intentado deslindarse de responsabilidad, el resto de los elementos probatorios acreditaban la denuncia del progenitor, que éste era un padre afligido porque no podía mantener una relación normal con su hijo, que se lo veía dolido al verlo preso.
Y al solicitar la condena el Fiscal pidió que se dictara una pena única comprensiva de dos condenas anteriores, una por “amenazas y lesiones leves” y otra por el delito de “Hurto”.
El imputado dio su propia versión de los hechos, y dijo estar arrepentido de lo que había sucedido.
Por su parte la Defensa sostuvo, que con la prueba colectada no se había acreditado que su
defendido hubiera amenazado con un arma a su progenitor, que los hechos habían sucedido dentro de una casa donde vivían otras dos personas mayores (octogenarios), a las que no se les había tomado testimonio perjudicando así al imputado. Y que, si bien se contaba con el testimonio del policía que lo aprehendió, sus dichos solo estaban relacionados con lo sucedido en la vereda y parte posterior de la vivienda, que se lo había detenido por poseer antecedentes penales.
El Juez Martínez Mollard al dictar sentencia consideró acreditado el hecho y la responsabilidad del procesado, por lo que resolvió condenar a Adrián Eduardo Bonnairie, de 27 años de edad, nacido en San Clemente y actualmente alojado en la Unidad Penal 37 de Barker, a la pena de “Un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento” como responsable del delito de “Amenazas calificadas por el empleo de arma”, imponiéndole en definitiva una pena única de “Tres años y seis meses de prisión”, comprensiva de las condenas anteriores que registra.
Asimismo, el Juez y atento a lo solicitado en la audiencia dispuso su traslado a la Unidad Penal 6 de Dolores cuando exista cupo para su alojamiento.