El Sumario Administrativo instruido por las actuales autoridades del Municipio respecto de la designación de Gonzalo Pulti en un cargo de Planta Permanente y su suspensión sin goce de haberes, ha tenido correlato en la Justicia Contencioso Administrativo Departamental por la demanda que el ex funcionario político inició contra la Municipalidad.
Para introducirnos en el tema, es necesario recordar que el Decreto de designación de Pulti en el cargo de Jefe de División de la Planta Permanente fue denunciado penalmente por las actuales autoridades municipales por las inconsistencias que el mismo registraría en su contendido, tramitando esta causa primariamente en el Departamento Judicial Bahía Blanca y actualmente en la “Unidad Funcional Especializada en Delitos de Corrupción” de Dolores.
Por su parte se conoció que Gonzalo Pulti demandó recientemente a la Municipalidad de Dolores ante el Juzgado Contencioso, por la suspensión sin goce de haberes dispuesta en el Sumario Administrativo que se está instruyendo en el Municipio, cuestionando el exfuncionario los Decretos del actual Intendente que sirvieron para la toma de esa decisión.
La demanda de Gonzalo Pulti es con el patrocinio letrado de la Dra. Marta Esponda y del Dr. Rubén Chirizola, y fue presentada procurando que la Justicia anule los Decretos Municipales números 1053; 1213; 1401 y 1511 del año 2024, “a través de los cuales se dispusiera la instrucción de Sumario Administrativo y la suspensión preventiva sin goce de haberes por el plazo de 60 días prorrogables”, considerando los letrados, que la decisión era “injusta, arbitraria y discriminatoria, atentando contra los más elementales derechos sociales…”.
Del texto de la demanda surgen los cargos en que Pulti se desempeñó en el Municipio, puntualizándose, que el 14 de diciembre 2022 había sido designado como Personal de Planta Permanente, Categoría 9 – Jefe de División, con asignación de tareas en el área de Espacios Verdes. Que el 29 de ese mismo mes fue designado Director de Espacios Verdes, cargo político al que se lo designó manteniendo la reserva del cargo en Planta Permanente y que mantuvo hasta el 30 de noviembre de 2023 en que renunció para ocupar el de Jefe de División de la Planta Permanente.
Luego se señala en la demanda, que le fueron asignadas tareas administrativas en el Vivero Municipal, que en enero de 2024 a raíz de un trastorno de salud el médico tratante le había indicado licencia por enfermedad, cuyo comprobante había sido debidamente presentado en la Oficina de Personal. Y que, encontrándose en uso de la misma en junio de 2024 por “cédula”, le había sido notificado del Sumario Administrativo y la suspensión preventiva sin goce de haberes que había sido dispuesta por 60 días prorrogables, precisamente a través de unos de los Decretos que impugnaba.
Luego de un análisis jurídico de encuadramiento del caso y sosteniendo el perjuicio moral y patrimonial que la decisión de las autoridades municipales le habían producido, los abogados patrocinantes solicitaron se dicte “como cuestión preliminar una medida cautelar de suspensión de los efectos” de los Decretos impugnados, y solicitando como cuestión de fondo resarcimiento por “Daño moral” y el pago de los “salarios caídos”.
Es de señalar que el Juzgado solicitó los antecedentes del caso, que a la fecha aún no se habría dado traslado de la demanda al Municipio, desde donde se anticipó ante la consulta efectuada que podría haber novedades respecto al sumario.