En una sentencia dictada en el marco de un juicio abreviado, el Dr. Antonio Severino actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal nº 2 de Dolores condenó a un policía sometido a proceso penal por “lesiones agravadas por el vínculo mediando violencia de género”, hecho perpetrado en la Autovía 2 jurisdicción de Chascomús.
El juicio según la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió fue consensuado por el Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez y el Defensor Particular Dr. Sergio Damián Carugatti, manifestando expresamente el imputado su consentimiento con los alcances del acuerdo.
Respecto del hecho en juzgamiento señaló el Dr. Severino, haber formado convicción que en horas de la tarde del 4 de agosto de 2018 un sujeto adulto abordó en Chascomús el auto en que se movilizaba su pareja y comenzó a conducirlo hacia la Autovía 2, luego circulando por esta se dirigió hacia Lezama. Que en un momento del trayecto y luego de golpear el tablero del auto con la mano y dañar el protector de la ventilación, le sacó el teléfono celular a la mujer, y al golpearla con éste en la nariz le provocó hematoma bipalpebral y fractura de huesos propios de la nariz, lesiones que fueran caracterizadas como graves por el médico de policía.
La víctima al formular la denuncia dijo haber mantenido una relación de noviazgo con el imputado, que en horas de la noche anterior habían discutido, y que cuando ella había terminado de trabajar había decidido no regresar a su domicilio porque no quería seguir discutiendo, indicando que aquel había comenzado a llamarla al teléfono y mandarle mensajes de texto, observando en momentos en que ella circulaba con su auto que su novio en su camioneta la seguía, razón por la que había decidido estacionar. Que en esas circunstancias este se había acercado a su auto, la había empujado hacia el asiento del acompañante y había comenzado a conducirlo a gran velocidad por el camino de la laguna hacia la ruta, y que luego de pasar por el Cementerio se había dirigido hacia Lezama mientras le decía que pidiera perdón. Que mientras conducía había tomado una parte del tablero del auto y lo había arrojado por la ventana, que como ella no le pedía perdón le había sacado el celular y con este la había golpeado en la nariz, y que como le salía mucha sangre había retornado a Chascomús y la había llevado a su domicilio donde también había permanecido. Indicó la mujer, que cuando su ex le devolvió el celular ella había avisado a una amiga, quien al concurrir junto con su novio a su casa había sacado del domicilio al violento, tras lo cual había efectuado la denuncia en la Comisaría de la Mujer de la localidad.
Dijo sobre el denunciando, que este era empleado policial, que prestaba funciones en un destacamento policial, que el vínculo entre ambos había sido siempre conflictivo, que este generaba situaciones de violencia verbal y emocional hacia ella, que nunca el imputado asumía tomar responsabilidad alguna sobre sus actos, culpándola siempre de lo que sucedía.
De las cámaras de seguridad municipal se obtuvieron imágenes del rodado de la víctima cuando circulaba el día de los hechos por la ciudad.
La amiga de la víctima dijo haber visto una foto de esta en Instagram donde aparecía golpeada y donde le decía que quería salir de la casa, que por ello junto con su novio se habían dirigido hacia allí, que este había forcejeado con la pareja de aquella e intercambiado golpes hasta que se alejó de la vivienda. Agregó, que no era la primera vez que su amiga sufría un hecho de violencia, que su novio también le había roto el celular, le había sacado las llaves de la vivienda y las del auto.
El Juez en sus conclusiones señaló, que la víctima había confirmado un espectro más amplio al mencionar otras situaciones de violencia física, verbal y emocional que habría vivenciado, precisando que “la prueba colectada en la investigación resultaba suficiente y por demás determinante, clara y concordante, a fin de acreditar la materialidad delictiva, así como la autoría del imputado…”.
Por ello el Dr. Antonio Severino resolvió condenar a Franco Scarpitta, de 31 años de edad, empleado policial, nacido y con domicilio en Chascomús, como autor responsable de los delitos de “Daño y Lesiones graves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género” imponiéndole como pena “Tres años de prisión de ejecución condicional”, y el cumplimiento por igual término de determinadas reglas de conducta, entre ellas la prohibición de acercamiento y cualquier acto de hostigamiento, intimidación y/o contacto respecto de la víctima.