En el marco de un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores, el Juez Dr. Christian Rabaia condenó a un individuo por un robo con armas y en banda perpetrado en un Recreo de Pesca ubicado en el paraje Guerrero, y junto con un cómplice por el robo de una camioneta de la empresa Andreani y las encomiendas que transportaba.
El Juicio según la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, había sido consensuado por el Fiscal de Juicio Dr. Juan Manuel Dávila y los Defensores, Oficial Dr. Diego González y Particular Dr. Marcelo Di Siervi, con asentimiento expreso de los imputados sobre los alcances del cuerdo.
Respecto de los ilícitos a juzgar señaló el Juez Dr. Rabaia, tener legal y plenamente probado que:
Hecho I: en horas de la noche del 5 de abril de 2022, en circunstancias que una pareja se encontraban en su lugar de trabajo en el “Parador Pesquero – Recreo El Gauchito” (Río Salado y Puente Guerrero), ubicado a la altura del kilómetro 167 de la Autovía nº 2, se hicieron presente al menos cinco personas portando armas de fuego, entre los que se encontraba Nahuel Agustín Millozzi, y quienes previo reducir a los empleados atándolos y amedrentándolos, se apoderaron de un televisor pantalla plana de 32 pulgadas; mercaderías varias; un exhibidor con líneas de pesca; packs de latas de cerveza; dos ruedas completas con llantas de una moto “Gilera” Smash 11; tres aparatos de telefonía celular y una moto guadaña, dándose tras ello a la fuga con el botín en su poder.
La mujer en su declaración dijo que habían logrado desatarse y pedir ayuda a unos pescadores que estaban acampado en el lugar, precisando que los malvivientes pedían constantemente dinero y amenazaban con matar a su pareja, que revolvieron todo para hacerse del botín, que los habían atado con una sábana y los pies con cables y un cinto, que se habían llevado la recaudación e incluso habían desarmado la moto para llevarse las ruedas.
La policía a poco de iniciar la investigación puso la atención en las cámaras de seguridad existentes en la Autovía, logrando establecer que los delincuentes habrían utilizado dos vehículos, logrando identificar a uno, una Citroën C4 Cactus, rodado que la investigación terminó ubicando en un domicilio de la localidad de Guernica, determinándose sus propietarios y que al mismo lo conducía un hijo de la pareja, Nahuel Agustín Millozzi, a quien la policía precisamente investigaba como integrante de una banda.
Durante el allanamiento practicado en esa vivienda señala los efectivos incautaron distintos elementos de los sustraídos, al igual que en un taller existente adyacente a esa propiedad.
Por su parte de los rastros levantados en el lugar del robo se pudo extraer una huella digital, que al ser comparada coincidió con el sindicado Millozzi, sujeto que no tenía forma de justificar su presencia en el local que no fuera en el marco del ilícito perpetrado.
Hecho II: en las primeras horas de la tarde del 23 de agosto de 2022 en la ciudad de Guernica, Nahuel Agustín Millozzi y Valentín Ezequiel Torres acompañados de al menos otros dos sujetos. mediante intimidación con un arma de fuego le sustrajeron al propietario una camioneta Fiat Fiorino, como también parte de la mercadería que trasladaba. Momentos después, en las inmediaciones del lugar, la policía que procuraba dar con los autores del hecho los interceptó, y cuando procuraban fugar los aprehendió luego de una breve persecución.
La víctima señaló trabajar para la empresa Andreani de distribución de correo, y que en momentos en que estaba entregando un paquete había sido sorprendido por tres masculinos encapuchados, quienes se apoderaron de su vehículo y lo que en él transportaba.
La policía luego de analizar imágenes de cámaras de seguridad pudo determinar la presencia en el lugar donde se había abandonado la camioneta Fiorino de un Renault Clío, rodado que ubicaron en un lavadero. donde estaban también los involucrados.
Por ello el Dr. Christian Rabaia resolvió condenar a Nahuel Agustín Millozzi, de 23 años de edad, nacido en Adrogué y con domicilio en Guernica, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de “Robo doblemente calificado por ser cometido en lugar despoblado y en banda y por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada (Hecho I)”, y “Robo triplemente calificado por el empleo de arma, por haberse cometido en lugar poblado y en banda y por tratarse de mercadería en tránsito (Hecho II)”, a la pena de “Seis años de prisión”.
Y a Valentín Ezequiel Torres, de 24 años de edad, nacido en Lanús y con domicilio en Guernica, por ser coautor penalmente responsable del Hecho II; imponiéndole la pena de “Tres años y tres meses de prisión” y declarándolo reincidente por primera vez.
Según la sentencia ambos imputados están actualmente alojados en la Unidad Penal de Florencio Varela.