Ad imageAd image

Hasta octubre se puede tramitar la Ciudadanía Española

Federico Sabalette
Federico Sabalette
3 Minutos de lectura

Las autoridades españolas determinaron por medio del Boletín Oficial del Estado (BOE) cuál será el nuevo plazo límite para hacer la ciudadanía española por la Ley de nietos.

Este trámite, conocido formalmente como la Ley de Memoria Democrática, es la vía más utilizada por los extranjeros para obtener el pasaporte español y tener acceso a la nacionalidad en los últimos años.

 

Ley de Memoria Democrática

La Ley de Memoria Democrática, también conocida como «Ley de Nietos», permite a hijos, nietos e incluso en algunos casos a bisnietos de españoles obtener la ciudadanía española.

Esta ley busca reparar el daño causado a las personas que perdieron o renunciaron a la nacionalidad española por el exilio con motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación e identidad sexual.

 

Ciudadanía por Ley de Nietos: hasta cuándo se puede hacer

Inicialmente, el plazo para solicitar la ciudadanía por esta vía era de dos años a partir de la entrada en vigencia de la ley, por lo que el plazo original terminaba el 22 de octubre de 2024. Pero ahora, el gobierno español extendió este plazo por un año más, hasta el 22 de octubre de 2025.

 

¿Quiénes pueden solicitar la ciudadanía?

Tienen derecho a solicitar la ciudadanía española a través de la Ley de Nietos los siguientes ciudadanos:

Hijos, nietos o bisnietos de personas originariamente españolas que perdieron o renunciaron a su nacionalidad por exilio. El exilio debió suceder entre el 18 de julio de 1936 y el 28 de diciembre de 1978.

Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de 1978.

Hijos mayores de edad de personas que obtuvieron la nacionalidad española a través de leyes anteriores de memoria histórica.

 

Los requisitos para gestionar la ciudadanía por la ley de nietos

El trámite para gestionar la ciudadanía lleva entre 6 meses y 1 año. Los documentos necesarios son los siguientes:

Partidas de nacimiento, matrimonio o desaparición del abuelo/a español/a.

Documentación del padre/madre, hija/o del español/a, como partida de nacimiento literal, matrimonio o desaparición.

Partida de nacimiento del solicitante con la Apostilla de La Haya.

Documento de identidad del solicitante.

Share This Article
Deja un comentario
error: Si desea compartir esta nota utilice los íconos que aparecen en la página. Muchas Gracias. Copyright © www.compromisodiario.com.ar