En un juicio abreviado sustanciado en el Juzgado en lo Correccional n° 3 Departamental, el Juez subrogantes Dr. Jorge Martínez Mollard condenó a un vecino de Dolores juzgado por “violación de domicilio y desobediencia” a una orden judicial, hechos perpetrados en nuestra localidad.
El Juez en su resolución señaló, que en las primeras horas de la mañana del 12 de febrero de 2023, un sujeto adulto sin mediar autorización expresa o presunta de la moradora de una vivienda de nuestra cuidad ingresó a la misma, desobedeciendo de esta manera la orden impartida por el Juzgado de Familia Departamental de restricción de acercamiento recíproca en sus respectivos domicilios y demás lugares donde se encontraren.
Lo sucedido se acreditó a partir de la intervención policial luego de ser requerida su presencia, constatando los efectivos que la ex pareja de la moradora se encontraba en el interior, quien había ingresado pese a la prohibición de acercamiento y exclusión del hogar dictada, diciendo que se quería quedar a dormir. La mujer manifestó que ante su negativa su ex pareja se había tornado violento y comenzando a golpear las paredes con un machete que se encontraba en la vivienda. Los efectivos tras su identificación y corroborada la prohibición de acercamiento, procedieron a su aprehensión y traslado a la sede policial.
La mujer en su denuncia dio precisiones de lo sucedido, aclarando que ella había llamado al 911 cuando corroboró que su ex estaba dentro de la vivienda, y dijo que incluso tenía la idea de pedir el levantamiento de la restricción para que pudiera volver a la casa.
El Juez con la prueba y los testimonios receptados consideró acreditada la materialidad ilícita y la autoría en cabeza del imputado, resolviendo por ello el Dr. Martínez Mollard condenar a D.A.N., como autor penalmente responsable de los delitos de «violación de domicilio en concurso real con desobediencia a una orden judicial«, imponiéndole como pena “Seis meses de prisión de cumplimiento efectivo”, declarándolo “reincidente” dado que cumplió pena como condenado en una causa de trámite por ante el T.O.C. n° 1 de Dolores.
Respecto del cumplimiento de la pena y atento a lo acordado por la Fiscalía y la Defensa, se dispuso que se realizara bajo la modalidad de “Semidetención”, sustituyéndosela por la
realización de tareas comunitarias.