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A partir del 1° de octubre, los contribuyentes bonaerenses que operan con billeteras virtuales como Mercado Pago, Personal Pay u otras comenzarán a sufrir retenciones de Ingresos Brutos (IIBB), en un esquema similar al que ya existe sobre cuentas bancarias mediante el SIRCREB.

La medida fue oficializada por el gobierno bonaerense a través de la Resolución Normativa 25/2025 de ARBA, que dispuso la adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), un mecanismo que unifica criterios tributarios entre las provincias.

Según ARBA y la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, el alcance es amplio:

Todas las cuentas de pago abiertas a nombre de personas físicas o jurídicas, siempre que alguno de los titulares figure como contribuyente de IIBB.

Contribuyentes bonaerenses inscriptos en el régimen local o en el Convenio Multilateral.

Monotributistas, pequeños comerciantes y empresas que facturen en la provincia.

Quedarán excluidos pagos por jubilaciones, pensiones, salarios, exportaciones, intereses de plazos fijos, rescates de fondos comunes de inversión, devoluciones de impuestos y planes sociales.

Fechas de aplicación

1° de octubre de 2025: para proveedores ya designados en otras jurisdicciones y en el padrón oficial de la Comisión Arbitral.

1° de noviembre de 2025: para el resto de los prestadores de servicios de pago. (Dib)

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Cómo se aplicarán las retenciones de Ingresos Brutos en las billeteras virtuales en la provincia de Buenos Aires

Federico Sabalette
Federico Sabalette
2 Minutos de lectura

A partir del 1° de octubre, los contribuyentes bonaerenses que operan con billeteras virtuales como Mercado Pago, Personal Pay u otras comenzarán a sufrir retenciones de Ingresos Brutos (IIBB), en un esquema similar al que ya existe sobre cuentas bancarias mediante el SIRCREB.

La medida fue oficializada por el gobierno bonaerense a través de la Resolución Normativa 25/2025 de ARBA, que dispuso la adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), un mecanismo que unifica criterios tributarios entre las provincias.

Según ARBA y la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, el alcance es amplio:

Todas las cuentas de pago abiertas a nombre de personas físicas o jurídicas, siempre que alguno de los titulares figure como contribuyente de IIBB.

Contribuyentes bonaerenses inscriptos en el régimen local o en el Convenio Multilateral.

Monotributistas, pequeños comerciantes y empresas que facturen en la provincia.

Quedarán excluidos pagos por jubilaciones, pensiones, salarios, exportaciones, intereses de plazos fijos, rescates de fondos comunes de inversión, devoluciones de impuestos y planes sociales.

Fechas de aplicación

1° de octubre de 2025: para proveedores ya designados en otras jurisdicciones y en el padrón oficial de la Comisión Arbitral.

1° de noviembre de 2025: para el resto de los prestadores de servicios de pago. (Dib)

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