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Condenan a chofer de ómnibus por su responsabilidad en accidente donde murieron pasajeros y otros resultaron heridos

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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En un juicio abreviado realizado recientemente en el Juzgado en lo Correccional nº 2 de Dolores, el Juez Dr. Jorge Martínez Mollard condenó a un chofer de ómnibus sometido a proceso plan por su responsabilidad en un accidente donde fallecieron pasajeros y otros sufrieran heridas, hecho sucedido en la Autovía 2 en junio de 2021.

En la resolución judicial a la que “Diario Compromiso” tuvo acceso, se indica que el juicio abreviado había sido consensuado por el (ex) Fiscal Dr. Gustavo García y el Defensor Particular Dr. Roberto Vázquez, con asentimiento expreso del imputado en cuanto a los términos del acuerdo alcanzado.

El Juez Martínez Mollard en su decisorio, consideró legal y planamente probado que en horas de la madrugada del 29 de junio de 2021 un sujeto que conducía un ómnibus de pasajeros Scania , modelo Marco Polo, de la empresa «PLUSMAR» por la Autovía 2 en sentido hacia Buenos Aires, a la altura aproximada del Km 132,50 (Partido de

Chascomús), perdió el dominio efectivo de la unidad y trasponiendo de forma completa el cantero parquizado, derrapando sobre la calzada de la mano a la Costa, volcando y terminando su recorrido sobre su lateral derecho con su frente hacia el oeste. Y que producto del vuelco y el impacto perdieron la vida dos pasajeros, mientras que otros muchos sufrieron heridas de gravedad, lesiones leves o heridas superficiales.

En la instrucción de la causa varios pasajeros prestaron declaración, indicando todos que el micro viajaba a alta velocidad, que la luz roja de exceso repetidas veces se había encendido, que antes del accidente en varias oportunidades el ómnibus había tocado la banquina, que se sacudía hacia los costados. Muchos fueron coincidentes que la unidad se mostraba muy inestable, que habían pensado que era por el viento porque en gran parte del viaje el ómnibus venía viboreando, hasta que se produjo el vuelco, de cuyo resultado cada uno refirió su vivencia.

La pericia accidentológica determinó sobre la mecánica del accidente, que preponderantemente se había producido por el “factor humano”, ya que la maniobra que lo había desencadenado había sido a partir de que el chofer de la unidad no había tomado los recaudos necesarios en la conducción.

El imputado se abstuvo de prestar declaración según se puntualizó, considerando el Magistrado que los elementos de cargo colectados en el proceso penal permitían tener por acreditada la materialidad delictiva como también la responsabilidad penal de aquel en el siniestro.

Por ello el Juez Martínez Mollard resolvió condenar a Rubén Darío Orozco, de 52 años de edad, nacido en CABA y con domicilio en Lomas de Zamora, por resultar autor penalmente responsable del delito de «Homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor y por ser más de una las víctimas fatales, en concurso ideal con Lesiones culposas agravadas por ser las lesiones graves y ocasionadas por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor y por ser más de una las victimas lesionadas», imponiéndole como pena “Tres años de prisión de ejecución condicional, e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de ocho años”.

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