En un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental, un ciudadano paraguayo fue condenado como responsable del delito de “lesiones graves”, hecho perpetrado en Mar de Ajó en noviembre de 2019.
Para el caso el Tribunal estuvo integrado por los Jueces Dres. Antonio Severino (de primer voto), Eduardo Campos Campos y Christian Rabaia, señalándose sobre el hecho en la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, que en horas de la noche del 1° de noviembre de 2019 en calle Lugones, entre calle Colon y Almirante Brown, de Mar de Ajó, un sujeto con intención de lesionar a una vecina le asestó un puntazo con una cuchilla en la región umbilical derecha, provocándole una herida punzo cortante que lesionó su hígado y vesícula, intestinos y el bazo, lesiones que fueron calificadas como graves y de pronóstico reservado.
El Dr. Severino consideró que la autoría del imputado en el hecho se acreditaba a partir del informe médico y del testimonio brindado por la víctima en el juicio, quien dijo que estando en su domicilio se había dirigido a realizar una compra, observando que en la esquina estaba un vecino forcejeando con una persona que desconocía, y que en circunstancias que ella le habló al primero el sujeto desconocido la había apuñalado, puntualizando no recordar lo que luego había pasado. Dijo que había estado internada más de un mes en terapia intensiva, que la recuperación había sido muy lenta, que en la actualidad presentaba dificultades auditivas y de memoria derivadas de aquel evento.
El vecino en su testimonio, dijo que su pareja lo había llamado por teléfono para que
regresara a su hogar ya que una persona se encontraba dentro de su terreno, con una bebida alcohólica en la mano y molestando. Que al llegar y en momentos en que le pedí a ese individuo que se retirara había pasado la víctima, quien le había preguntado ¿qué pasaba?, circunstancia en que el indicado había sacado un cuchillo y la había apuñalado mientras decía: “¿Que te vas a meter vos? ¿Quién sos vos para meterte?”, precisando el testigo, que tras lo ocurrido ese sujeto había salido corriendo. También descartó que hubiera existido un forcejeo con aquel, y señaló que previo al suceso no habían discutido por ninguna cuestión.
La esposa del vecino señaló que el imputado estaba en total estado de ebriedad, que en un momento había arrojado una piedra/cascote hacia la casa, y que ni ella ni su marido sabían por qué lo buscaba.
Por ello los Jueces que integraron el Tribunal y por unanimidad, resolvieron condenar a Sergio Ramon Miranda Miranda, de 23 años de edad, paraguayo, como autor del delito de “Lesiones graves” e imponiéndole como pena “Cuatro años, un mes y 24 días de prisión”, la que se le dio por compurgada con el tiempo sufrido en prisión preventiva.

