En un juicio abreviado sustanciado en el Juzgado en lo Correccional Nº 2 Departamental, un dolorense fue condenado al ser hallado responsable de haber lesionado a su pareja conviviente, hecho sucedido en la vecina localidad de Castelli en noviembre de 2021.
El juicio, según la resolución a la que accedió “Diario Compromiso”, había sido consensuado por el Fiscal Dr. Roberto Miglio Salmo y por el Defensor Oficial Dr. Rolando Brown con asentimiento expreso del imputado en cuanto a los términos del acuerdo.
El Juez Dr. Jorge Martínez Mollard señaló en su resolución sobre el hecho en juzgamiento, tener legal y plenamente probado que, en las primeras horas de la mañana del 8 de noviembre de 2021 en inmediaciones de la intersección de Alvear y Avellaneda de la localidad de Castelli, un sujeto adulto le propinó a su pareja conviviente un golpe de puño en la nariz y varios en la cabeza. ocasionándole epistaxis y hematoma occipital, lesiones estas que fueron calificadas como de carácter leves.
La autoría penalmente responsable del imputado para el Juez se encontraba acreditada a partir de la denuncia de la víctima, donde señaló que la relación con su pareja era buena excepto cuando aquel tomaba bebidas alcohólicas, que en varias oportunidades la había agredido verbalmente y que no había hecho la denuncia para no afectar a los padres de este. Dijo que el hecho había sucedido tras la salida del baile realizado en el Club Deportivo, que su pareja se encontraba alcoholizado y que mientras caminaban hacia su domicilio la había insultado permanentemente, y que en determinado momento le había pegado un golpe de puño en la nariz y varios a puño cerrado en la cabeza. Que al llegar a la casa y un familiar suyo pedirle que se retirara aquel había comenzado a gritar, razón por la cual habían llamado a la policía, presuponiendo que su pareja estaba escondido en algún descampado de la calle Bolívar, ya que en varias ocasiones lo había hecho cuando habían discutido.
El Magistrado valoró además de este testimonio el de un familiar de la mujer, quien dijo haberla visto llorando al llegar a la casa, que le salía mucha sangre de la nariz, y quien le había referido que su pareja le había pegado al salir del baile.
Para el Juez Martínez Mollard la materialidad delictiva del hecho se encontraba acreditada, al igual que la responsabilidad penal del imputado, por lo que resolvió condenar a M.A.G., de 44 años de edad, nacido y con domicilio en Dolores, al encontrarlo autor penalmente responsable del delito de «Lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra quien mantenía una relación de pareja, y por haberse cometido de un hombre hacia una mujer mediando violencia género«, imponiéndole como pena “Diez meses de prisión de ejecución condicional” y el cumplimiento como regla de conducta y por dos años, “abstenerse de toda perturbación hacia la víctima”.

