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Condenan a vecino de Dolores por “robo en banda” y por “homicidio culposo”

Federico Sabalette
6 Minutos de lectura

En un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental, el Dr. Emiliano Lazzari actuando como Juez unipersonal condenó a un vecino de Dolores sometido a proceso penal por “Robo en poblado y en banda” y por “Homicidio culposo”, hechos ambos perpetrados en nuestra ciudad.

El Juicio abreviado había sido consensuado por el Fiscal Dr. Marcos Scoccimarro y el Defensor Oficial Dr. Carlos Fortini, con aceptación expresa del imputado en la forma de cerrar el proceso, en la calificación y en el estimado de la pena.

Respecto de los delitos en juzgamiento señaló el Magistrado:

El robo: el 20 de marzo de 2012 en el interior de un local de venta de muebles usados ubicado en la calle Ingeniero Quadri de Dolores, Marcos Daniel González y dos sujetos más, mediante amenazas y apuntándole con un revolver Colt Calibre 32 sin numeración visible, ataron a un vecino de manos y pies y se apoderaron de un reloj de oro, un billete de cien dólares, 2.500 pesos y un cuchillo de plata y oro, tomaron las llaves de un Peugeot 206 y se dieron a la fuga con las cosas robadas en su poder. Luego subieron a un Ford Fiesta estacionado en Quadri y 25 de Mayo, en el que los esperaba un tercer sujeto y en el cual se retiraron del lugar.

Un vecino que transitaba por el lugar refirió haber escuchado gritos pidiendo ayuda y haber observado cuando dos sujetos que salían corriendo del local y se dirigían hacia la calle 25 de Mayo, donde abordaban un Ford Fiesta de color gris modelo viejo.

Gracias a esa descripción la policía pudo ubicar a ese rodado cuando circulaba por Riobamba entre Marconi y Ramos Mejía, intentando en esas circunstancias interceptarlo, lo que no se logró, pero sí reconocer a quien lo conducía (Nota: vecino de Dolores condenado en 2014 como “partícipe necesario”).

Otro reconoció a Marcos González y también a otro de los involucrados en el robo, a quienes había visto cuando ingresaban al local de venta de muebles usados.

Un testigo dijo haber visto frente a la casa del imputado al Ford Fiesta involucrado en el hecho, vehículo que al ser requisado en su interior se encontró la llave sustraída a la víctima.

El Magistrado señaló, que con las evidencias colectadas se había arribado a la conclusión que el imputado Marcos Daniel González tomó parte en el robo, que junto con otro procesado fue uno de los que ingresó al comercio y mediante la utilización de un arma de fuego desapoderó de diversos bienes al dueño del local.

El accidente: en horas de la tarde del 8 de octubre de 2019, Marcos Daniel González conducía habiendo consumido previamente cocaína y sin carnet habilitante, un Volkswagen Bora por el camino vecinal de tierra denominado calle Corta, en el Cuartel IX de Dolores, y que aproximadamente a 4 kilómetros de la Ruta 63 ingresó a una curva y al transitarla perdió el dominio del vehículo y volcó. A consecuencia del accidente, uno de sus acompañantes y familiar, tras salir despedido del vehículo falleció casi instantáneamente producto de las heridas de consideración que sufrió.

De la pericia toxicológica efectuada al imputado surge que no tenía rastros de alcohol en sangre, y respecto de sustancias tóxicas sí, cocaína.

Por su parte, del informe de la Dirección de Tránsito Municipal surge que el procesado no poseía licencia de conducir registrada en el Sistema Provincial de Licencias de Conducir.

La pericia accidentológica determinó que el siniestro se había producido por una acción no controlada por el conductor, descartándose que la causa hubiera sido por un desperfecto mecánico o factores ambientales.

“Se pudo establecer -resaltó el Juez-. que condujo sin contar con licencia habilitante por

lo que razonablemente puede establecerse que no tenía las aptitudes para esa práctica. Conducía a exceso de velocidad, así lo dijo el ocupante que venía sentado en la parte posterior… sin cinturón y tampoco le pidió a su acompañante que se lo coloque. Pero lo determinante a los fines de una sanción, es la infracción determinante, puesto que se acreditó con el rastro de cocaína en sangre que lo hacía bajo los efectos de estupefacientes”, lo que se señaló expresamente prohíbe la Ley de Tránsito, porque altera la respuesta del conductor, altera la percepción y demora el tiempo de reacción, entre otros factores.

Por ello el Juez Dr. Emiliano Lazzari resolvió condenar a Marcos Daniel González, de 45 años de edad, nacido y con domicilio en Dolores, por resultar coautor del delito de “Robo doblemente agravado, por el uso de armas y por haberse cometido en poblado y banda”; y autor del delito de “Homicidio culposo agravado por conducir estando bajo efecto de estupefacientes”, imponiéndole como pena “Seis años y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento, e Inhabilitación especial por 10 años para conducir vehículos automotores”.

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