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Aparición cadáveres en La Costa: el Colegio de Abogados en 1984 señaló que no había pruebas que “respondieran al contenido de las acusaciones” de “Madres de Plaza de Mayo”

Federico Sabalette
Federico Sabalette
6 Minutos de lectura

Surge de documentación a la que accedió recientemente este Diario, que en febrero de 1984 y contemporáneamente con la denuncia que formulaba Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo, sobre la conducta de jueces penales de Dolores que dijo impedían conocer si había familiares entre los cadáveres aparecidos en La Costa años anteriores, la entonces Comisión Directiva del Colegio de Abogados Departamental se abocó al tema y consideró infundada dicha imputación.

Recordemos que uno de esos jueces, el Dr. Carlos Facio, es actualmente investigado por el Juez subrogante del Juzgado Federal de Dolores, Dr. Martín Bava, por su presunta interferencia en la identificación de catorce cuerpos que aparecieron en playas de La Costa, según la imputación fiscal para dar con ello cobertura a quienes durante el proceso militar se deshacían de las personas que habían secuestrado y que luego arrojaban al mar.

También, que el pasado 28 de septiembre el ex juez Dr. Facio fue indagado en el Juzgado Federal, presentando en esa oportunidad un escrito como respuesta a la imputación fiscal, rechazando sus términos y señalando que en el Expediente había una resolución suya que autorizaba a las Madres a realizar reconocimientos de los cadáveres, a fin de que pudieran identificar si eran familiares, autorización que sostuvo, las denunciantes nunca habrían concretado.

Luego de esa audiencia recibimos en nuestra Redacción copias fotográficas de actas de reuniones realizadas por el Consejo Directivo del Colegio de Abogados Departamental, labradas en febrero de 1984 en tiempo contemporáneo con la denuncia pública que precisamente formulaba en nuestra ciudad Nora Cortiñas, miembro de Madres de Plaza de Mayo, endilgando a los entonces jueces penales Dres. Oscar Cialé (fallecido) y Carlos Facio acciones que les impedían reconocer si alguno de esos cuerpos eran de familiares desaparecidos durante la dictadura militar.

Procurando contribuir de cierta manera a alcanzar la “verdad procesal” debemos decir que, las actas del Colegio de Abogados mencionadas son dos y consecutivas, la 70 y la 71, labradas en febrero de 1984. Que en la primera se consigna las presentaciones efectuadas por los Dres. Cialé y Facio, requiriendo fuera investigada su conducta como jueces penales en relación a las causas por aparición de cadáveres en las Playas de Ajó y Mar del Tuyú, y señalando, que en caso de que fuera procedente, es decir se los encontrara responsables, se les requiriera la formación de los respectivos “Jury de Enjuiciamiento”. Resaltaban los Magistrados que dicho requerimiento estaba fundado en las declaraciones efectuadas por las Madres de Plaza de Mayo en oportunidad de visitar nuestra ciudad el 10 de febrero de ese año, puntualmente en un acto realizado en el Club Sarmiento, donde se les habría imputado el incumplimiento de sus obligaciones como jueces.

El Acta consigna de la elección de tres integrantes del Consejo Directivo de Abogados para analizar exhaustivamente los casos, quienes posteriormente debían efectuar un informe sobre ello.

La segunda Acta labrada seis días después, indica que los abogados encargados de investigar habían analizado distintos Expedientes relacionados con la aparición de cuerpos en La Costa, cuya numeración y carátula consignaban. También que lo habían hecho con el Expediente número 39.675 de trámite ante el Juzgado Penal 2 departamental, caratulado “Morales de Cortinas, Nora, su denuncia en Dolores”, asimismo haber analizado la grabación de sus declaraciones que en el Club Sarmiento el 10 de febrero de ese año.

El Acta puntualmente consigna, que luego de informe efectuado por los colegiados designados por unanimidad se había resuelto: “que analizadas las actuaciones fotocopiadas remitidas, se considera que no existen en el conjunto de estas motivos fundados de sus quejas para la formación de ‘Jury de Enjuiciamiento’ a los magistrados intervinientes”. Asimismo consideraron que el Colegio debía expedirse sobre las manifestaciones atribuidas a las Madres y vinculadas a los jueces mencionados, por lo que en votación y por unanimidad se decidió emitir la siguiente declaración: “que las afirmaciones atribuidas a las representantes de Madres de Plaza de Mayo en la sede Club Sarmiento de Dolores, de carácter generalizado y citando pruebas que no responden al contenido de las acusaciones, afectan la dignidad de la magistratura y obligan a este Colegio de Abogados a rechazar críticas injustas que por su ligereza agravian a los jueces aludidos y fundamentalmente a la majestad de la justicia (Art. 21 de las normas de Etica Profesional) …”, resolvieron   hacer pública esa declaración, que por lo conocido habría sido realizada en dos diarios que se editaban en Dolores en esa época, “El Tribuno” y “El Nacional”.

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