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Sobreseen a ciudadano boliviano acusado de “Amenazas y Abuso sexual”

Federico Sabalette
Federico Sabalette
5 Minutos de lectura

Un ciudadano boliviano sometido a proceso penal por “amenazas y abuso sexual” fue sobreseído por el Dr. Antonio Severino actuando como Juez unipersonal, en el marco de un juicio oral realizado recientemente en el Tribunal en lo Criminal nº2 de Dolores.

Según la resolución a la que “Diario Compromiso” accedió, el Fiscal dijo que pese a que la víctima en el juicio se había desdicho debía mantener su acusación desde la perspectiva de género, ya que todas las mujeres objeto de violencia debían tener acceso a una justicia efectiva, a una reparación del daño justa y eficaz, ya que uno de los deberes del Estado era la de condenar toda violencia contra la mujer. Y por ello señaló, que el 17 de octubre de 2021 en un domicilio de Mar del Tuyú, un individuo mayor de edad amenazó a su pareja manifestándole que si llegaba a salir de la casa la iba a matar (Hecho I); y que, en un período de cuatro meses anteriores a esa fecha, encontrándose la pareja separada pero conviviendo, en reiteradas oportunidades mediante violencia y amenazas había abusado sexualmente de ella (Hecho II).

El Fiscal se basó en la denuncia formulada por la mujer en la comisaria y luego ampliada la Fiscalía, a donde dijo había “concurrido por propia voluntad”, precisando, que no tenía dudas de que lo descripto era tal cual lo había manifestado la denunciante.

El Defensor Particular, Dr. Marcos García, pidió el rechazo de la acusación, señalando que no se había probado ninguno de los extremos respecto de los hechos ventilados, ni en la etapa de la instrucción ni durante el debate, que solo se apoyaba la imputación en un informe del Centro de Atención a la Víctima, donde a su criterio, “determinaron y evaluaron como si fueran jueces”. Y respecto del informe de la Dirección de Genero del Municipio De La Costa, argumentó que ni siquiera había sido traído al juicio como testigo quien lo elaboró y rubricó.

El Defensor afirmó finalmente en su alegato que su asistido era inocente, que así lo había sostenido la propia víctima en el debate, solicitando en consecuencia su absolución.

El Juez en su análisis merituó los distintos testimonios y elementos recibidos durante las audiencias, en particular el texto de la denuncia, señalando que la denunciante si bien había reconocido su firma negaba su contenido y había dado una nueva versión diametralmente opuesta que nada tenía de conflictivo, reconociendo haber estado ofuscada por la infidelidad de su pareja, pero indicando no haber denunciado nada de lo que decía esa denuncia. Además, reconoció haber concurrido a la Fiscalía pero dijo que por una previa citación, no de manera espontánea, donde señaló se le había hecho firmar un papel que le habían leído, aseverando, que cuando llegó a su casa y lo leyó había advertido que no concordaba con sus manifestaciones, que por eso había regresado en varias oportunidades a la Fiscalía para que se lo corrigiera, sin obtener respuestas favorables. Puntualmente sostuvo la mujer, que el imputado nunca la había forzado para mantener relaciones sexuales.

En base a todo ello para el Juez Severino, el Fiscal no había logrado acreditar de un modo eficaz la imputación dirigida contra el procesado con el grado de certeza que requiere un pronunciamiento condenatorio, y que en ese sentido no se había logrado conmover la presunción jurídica de inocencia de que gozaba el imputado.

Además, precisó que sentenciar con perspectiva de género de ningún modo implicaba cercenar y/o limitar las garantías y derechos emergentes de la Constitución Nacional, los Pactos Internacionales en la materia y las leyes internas. “El deber de los jueces de dictar una sentencia condenatoria, lo es cuando luego de la valoración debida de la prueba, se arribe a un grado de certeza fuera de toda duda razonable” sentenció.

Por ello el Juez Dr. Antonio Severino resolvió dictar “veredicto absolutorio” en favor de Celso Cusipuma Mamani, de 34 años de edad, nacido en Santa Cruz (Bolivia), por “no haberse probado la materialidad ilícita” de los hechos imputados, disponiendo su excarcelación desde la Unidad Penal 37 de Barker donde estaba alojado.

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