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Casación rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra los jueces y fiscales que intervienen en el juicio de la obra pública

Federico Sabalette
Federico Sabalette
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó ayer las recusaciones de la defensa de la Vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, contra los jueces del Tribunal Oral Federal 2 Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu y contra los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola. Se trata de quienes la juzgan en el caso por la obra pública en Santa Cruz.

Los jueces de la Sala V de Casación —Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky— rechazaron la apelación que el abogado Alberto Beraldi había presentado contra la decisión del tribunal de descartar las recusaciones. “Por regla general, las resoluciones que deciden acerca de recusaciones no son susceptibles de ser impugnadas ante esta instancia. Pues, no se trata de la sentencia definitiva de la causa, ni tampoco de alguna equiparable a ella”, dijeron los magistrados en su resolución a la que accedió Infobae.

La defensa había recusado a Luciani y Giménez Uriburu por temor de parcialidad y objetividad por integrar el equipo de fútbol Liverpool que jugó un torneo en la quinta “Los Abrojos”, propiedad del ex presidente Mauricio Macri, que durante su gobierno se presentó la denuncia penal que derivó en el juicio oral que se está desarrollando y se encuentra en su etapa final.

Por su parte, a Gorini lo recusaron porque tuvo reuniones con la entonces ministra de Seguridad de la Nación Patricia Bullrich y a Mola por visitas a la Casa Rosada durante la presidencia de Macri. Los pedidos fueron rechazados por el Tribunal Oral y la defensa apeló. Ahora Casación confirmó el rechazo y mantuvo a los jueces y a los fiscales.

“El recurrente no ha logrado demostrar, ni se advierte en el estado actual del proceso, la existencia de un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior o una cuestión federal debidamente fundada que permita excepcionar ahora la regla general antes descripta y habilitar la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal, por fuera de los límites previstos por las normas procesales, en los términos sentados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en ´Di Nunzio´”, dijeron los integrantes de Casación.

También señalaron que “a pesar de haberla invocado, la defensa no ha logrado demostrar la arbitrariedad de los fundamentos expuestos en la resolución interlocutoria impugnada”. Y agregaron que “al respecto debe tenerse en cuenta que en atención al carácter excepcional de la admisión de dicha doctrina para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo que no se advierte en el caso”.

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